¿Se deberá cancelar el CFDI cuando el receptor dará un uso diferente al señalado en el campo UsoCFDI?
No, en caso de que se registre una clave distinta al uso del CFDI que le dará el
receptor del comprobante, no será motivo de cancelación o sustitución, y no
afectará para su deducción o acreditamiento de impuestos.
Fundamento Legal: Anexo 20 Guía de llenado de los comprobantes fiscales digitales por
internet versión 3.3, publicada en el Portal del SAT.
¿En el CFDI versión 3.3 se podrán registrar cantidades en negativo?
No, en la versión 3.3 del CFDI no aplica el uso de números negativos para ningún
dato.
Fundamento Legal: Anexo 20 versión 3.3 vigente
¿Cómo se deben reflejar los impuestos retenidos y trasladados en el CFDI versión 3.3?
En la versión 3.3 del CFDI se expresarán los impuestos trasladados y retenidos
aplicables por cada concepto registrado en el comprobante, debiéndose detallar
lo siguiente:
Base para el cálculo del impuesto.
Impuesto (Tipo de impuesto ISR, IVA, IESPS).
Tipo factor (Tasa, cuota o exento).
Tasa o cuota (Valor de la tasa o cuota que corresponda al impuesto).
Importe (Monto del impuesto).
Se debe incluir a nivel comprobante el resumen de los impuestos trasladados por
Tipo de impuesto, Tipo factor, Tasa o cuota e Importe.
Se debe incluir a nivel comprobante el resumen de los impuestos retenidos por
Impuesto e Importe.
Asimismo, se debe registrar en su caso, el Total de los Impuestos Trasladados
y/o Retenidos.
Fundamento Legal: Artículo 29-A, fraccion VII, inciso a), primer y segundo parráfo del
Código Fiscal de la Federacion, Anexo 20 versión 3.3 vigente y Anexo 20 Guía de llenado de los comprobantes fiscales digitales por internet versión 3.3, publicada en el Portal del
SAT.
¿En qué caso los campos condicionales del CFDI son de uso obligatorio?
Los campos condicionales deberán informarse serán obligatorios- siempre que
se registre información en algún otro campo que como resultado de las reglas de
validación contenidas en el estándar técnico y precisadas en la Guía de llenado,
obligue en consecuencia a que se registre información en dichos campos
condicionales.
Fundamento Legal: Anexo 20 versión 3.3 vigente y Anexo 20 Guía de llenado de los
comprobantes fiscales digitales por internet versión 3.3, publicada en el Portal del SAT.
¿Cómo se deben clasificar los productos y servicios de acuerdo con el catálogo publicado por el SAT (c_ClaveProdSev)?
La clasificación del catálogo se integra de acuerdo con las características
comunes de los productos y servicios, y si están interrelacionados, la cual se
estructura de la siguiente manera:
Segmento: Se identifica por el primero y segundo dígito de la clave.
Familia: Se identifica por el tercero y cuarto dígito de la clave.
Clase: Se identifica por el quinto y sexto dígito de la clave.
Producto: Se identifica por el séptimo y octavo dígito de la clave.
Se debe registrar una clave que permita clasificar los conceptos del
comprobante, los cuales se deberán asociar a nivel Clase, es decir, cuando los
dos últimos dígitos tengan el valor cero «0», no obstante, se podrán asociar a
nivel Producto, siempre y cuando la clave esté registrada en el catálogo.
Fundamento Legal: Anexo 20 versión 3.3 vigente y Anexo 20 Guía de llenado de los
comprobantes fiscales digitales por internet versión 3.3, publicada en el Portal del SAT.
¿En los CFDI por anticipos se debe desglosar el IVA?
Sí, se debe desglosar el IVA en las facturas que amparen anticipos cuando el bien
o producto a adquirir grave IVA.
Fundamento Legal: Artículo 1 y 1-B de la LIVA y Anexo 20 Guía de llenado de los
comprobantes fiscales digitales por internet versión 3.3, publicada en el Portal del SAT.
El cliente se equivocó y pagó de más o indebidamente, ¿Se tiene que emitir una factura?
Si el cliente pagó de más o indebidamente y la cantidad que está en demasía no
se va a considerar como un anticipo, se deberá devolver al cliente el importe
pagado de más.
En el caso, de que la cantidad pagada de más o indebidamente se tome como un
anticipo, se deberá emitir el CFDI de conformidad con lo establecido en el
Apéndice 6 Procedimiento para la emisión de los CFDI en el caso de anticipos
recibidos.
Fundamento Legal: Artículo 29 del Código Fiscal de la Federación y Anexo 20 Guía de
llenado de los comprobantes fiscales digitales por internet versión 3.3, publicada en el
Portal del SAT.
¿Cómo se deben incluir los impuestos locales en el CFDI versión 3.3?
Los impuestos locales se deben registrar en el Complemento Impuestos
Locales publicado en el Portal del SAT.
Fundamento Legal: Regla 2.7.1.8. de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente y Apéndice
1 Notas Generales del Anexo 20 Guía de llenado de los comprobantes fiscales digitales
por internet versión 3.3, publicada en el Portal del SAT.
¿El contribuyente receptor del CFDI tiene la obligación de validar a detalle las claves de producto/servicio de todas las facturas que reciba?
No existe una obligación de revisarlas a detalle; la recomendación es que se
verifiquen que los datos asentados sean correctos y coincidan al menos en
términos generales con el bien o servicio de que se trate y la descripción que del
mismo se asiente en el propio comprobante.
Fundamento Legal: Anexo 20 versión 3.3 vigente y Anexo 20 Guía de llenado de los
comprobantes fiscales digitales por internet versión 3.3, publicada en el Portal del SAT.
Si mis clientes no han actualizado su domicilio a Ciudad de México ¿Yo debó cambiarlo a efecto de registrar el mismo en el CFDI?
Para la versión 3.3 del CFDI se eliminan los campos del domicilio del emisor y
receptor.
En el lugar de expedición en la versión 3.3 del CFDI, se debe registrar el código
postal del lugar de expedición del comprobante (de la matriz o de la sucursal). El
código postal debe corresponder con una clave incluida en el catálogo
c_CodigoPostal publicado en el Portal del SAT.
Fundamento Legal: Artículo 29-A del Código Fiscal de la Federación y Anexo 20 Guía de
llenado de los comprobantes fiscales digitales por internet versión 3.3, publicada en el
Portal del SAT.
¿Existen validadores de CFDI versión 3.3?
El validador de forma y sintaxis de los CFDI que estaba disponible en el Portal del
SAT, dejó de dar servicio en mayo del 2017, toda vez que se considera que un
CFDI certificado cumple con las especificaciones técnicas de estructura
establecidas en el Anexo 20.
Si existe la necesidad de realizar las validaciones de forma y sintaxis a un
comprobante, se deberá obtener la herramienta con algún proveedor de
software.
¿Cuál es el método de pago que se debe registrar en el CFDI por el valor total de la operación en el caso de pago en parcialidades o pago diferido?
Se debe registrar la clave PPD (Pago en parcialidades o diferido) del catálogo
c_MetodoPago publicado en el Portal del SAT.
Fundamento Legal: Anexo 20 Guía de llenado de los comprobantes fiscales digitales por
internet versión 3.3, publicada en el Portal del SAT.
¿Qué sucede si clasifico de manera errónea en el CFDI la clave de los productos o servicios?
En caso de que se asigne «erróneamente» la clave del producto o servicio se debe
reexpedir la factura para corregirlo.
Para clasificar los productos y servicios que se facturan, debe consultar el
Apéndice 3 del Anexo 20 Guía de llenado de los comprobantes fiscales digitales
por Internet versión 3.3, publicada en el Portal del SAT, y puede utilizarse la
herramienta de clasificación publicada en el mismo Portal.
Fundamento Legal: Apéndice 3 Clasificación de Productos y Servicios del Anexo 20 Guía
de llenado de los comprobantes fiscales digitales por internet versión 3.3, publicada en
el Portal del SAT.
¿Cómo se deben registrar en los CFDI los conceptos exentos de impuestos?
En el Nodo:Traslados se debe expresar la información detallada del impuesto, de
la siguiente forma:
Base para el cálculo del impuesto.
Impuesto (Tipo de impuesto ISR, IVA, IESPS).
Tipo factor (exento).
No se deben registrar los atributos TasaOCuota e Importe.
Fundamento Legal: Anexo 20 versión 3.3 vigente.
.En el caso de que un CFDI haya sido pagado con diversas formas de pago ¿Qué forma de pago debe registrarse en el comprobante?
En el caso de aplicar más de una forma de pago en una transacción, los
contribuyentes deben incluir en este campo, la clave de forma de pago con la que
se liquida la mayor cantidad del pago. En caso de que se reciban distintas formas
de pago con el mismo importe, el contribuyente debe registrar a su
consideración, una de las formas de pago con las que se recibió el pago de la
contraprestación.
Fundamento Legal: Anexo 20 Guía de llenado de los comprobantes fiscales digitales por
internet versión 3.3, publicada en el Portal del SAT.
Si me realizan un depósito para garantizar el pago de las rentas en el caso de un contrato de arrendamiento inmobiliario, ¿Se debe facturar como un anticipo dicho depósito?
Si la operación de que se trata se refiere a la entrega de una cantidad por
concepto de garantía o depósito, es decir, la entrega de una cantidad que
garantiza la realización o cumplimiento de alguna condición, como sucede en el
caso del depósito que en ocasiones se realiza por el arrendatario al arrendador
para garantizar del pago de las rentas en el caso de un contrato de
arrendamiento inmobiliario, no estamos ante el caso de un anticipo.
Fundamento Legal: Anexo 20 Guía de llenado de los comprobantes fiscales digitales por
internet versión 3.3, publicada en el Portal del SAT.
¿En qué casos se deberá emitir un CFDI por un anticipo?
Estaremos ante el caso de una operación en dónde existe el pago de un anticipo,
cuando:
No se conoce o no se ha determinado el bien o servicio que se va a adquirir
o el precio del mismo.
No se conoce o no se han determinado ni el bien o servicio que se va a
adquirir ni el precio del mismo.
Fundamento Legal: Anexo 20 Guía de llenado de los comprobantes fiscales digitales por
internet versión 3.3, publicada en el Portal del SAT.
Si tengo varias sucursales, pero mis sistemas de facturación se encuentran en la matriz ¿Qué código postal debo registrar en el campo lugar de expedición en el CFDI?
En el caso de que se emita un comprobante fiscal en una sucursal, en dicho
comprobante se debe registrar el código postal de ésta, independientemente de
que los sistemas de facturación de la empresa se encuentren en un domicilio
distinto al de la sucursal.
Fundamento Legal: Artículo 29-A, fracciones I y III del Código Fiscal de la Federación,
Anexo 20 Guía de llenado de los comprobantes fiscales digitales por internet versión
3.3, publicada en el Portal del SAT.
¿En qué apartado del CFDI se pueden expresar las penalizaciones o incumplimientos en el caso de contratos de obras públicas?
Se podrá en el nodo «Addenda»
Fundamento Legal: Anexo 20 Guía de llenado de los comprobantes fiscales digitales por
internet versión 3.3, publicada en el Portal del SAT
¿Qué clave de unidad de medida se debe utilizar para facturar servicios?
La clave de unidad dependerá del tipo de servicio y del giro del proveedor. De
conformidad con el catálogo c_ClaveUnidad publicado en el Portal del SAT.
Por ejemplo,
Un servicio de transporte terrestre puede estar clasificado por
distancia (KMT), por peso transportado (KGM), por
pasajero/asiento (IE persona), o por viaje (E54).
Un servicio de hospedaje puede estar medido por habitaciones
(ROM), tiempo transcurrido (DAY), personas (IE).
Los servicios administrativos y profesionales se pueden dar por
tiempo (HUR hora, DAY, etc.), por actividades (ACT), por grupos
atendidos (10), por tiempo-hombre (3C mes hombre).
Fundamento Legal: Catálogos del CFDI versión 3.3, publicado en el Portal del SAT
Si a mi cliente le otorgo un descuento sobre el total de una factura ¿Qué tipo de CFDI debo emitir?
Se debe de emitir un CFDI de egresos.
Fundamento Legal: Artículo 29, penúltimo párrafo del Código Fiscal de la Federación.
En la versión 3.3 de la factura ¿Cómo se deberán generar las facturas y estados de cuenta que solo incluyan conceptos con valor 0?
En la versión 3.3 no se permite incluir conceptos con valor 0, derivado de que si
no existen ingresos que facturar no se tiene la obligación de expedir el
comprobante fiscal correspondiente.
En este sentido, con la entrada en vigor de la nueva versión 3.3, si no existen
conceptos que facturar, como por ejemplo al no haber comisiones e intereses en
los estados de cuenta, no se deberá expedir un comprobante fiscal digital por
internet.
Fundamento Legal: Artículo 29 del Código Fiscal de la Federación, Anexo 20 versión 3.3,
vigente.
¿Qué tipo de cambio podrán utilizar los integrantes del sistema financiero en la emisión del CFDI?
Podrán utilizar en tipo de cambio FIX conforme a la tabla de Equivalencias
publicada por BANXICO del último día del mes o del día del corte del CFD-Estado
de cuenta
.¿Cuál es la clave de forma de pago que deben utilizar los integrantes del sistema financiero para la emisión de los CFDI?
La clave que deben utilizar es la «03» Transferencia electrónica de fondos,
contenida en el catálogo c_FormaPago del Anexo 20.
Fundamento legal: Anexo 20 versión 3.3 vigente.
En el campo "LugarExpedicion" del CFDI, ¿Qué código postal deben de registrar los integrantes del sistema financiero?
Deben registrar el código postal del domicilio fiscal de la institución financiera.
Fundamento Legal: Artículo 29-A, fracciones I y III del Código Fiscal de la Federación y
Anexo 20 Guía de llenado de los comprobantes fiscales digitales por Internet versión
3.3, publicada en el Portal del SAT.
.¿Cómo deben emitir las instituciones del sistema financiero el CFDI a sus clientes, en los casos en donde no existe un ingreso para dicha institución (no hay intereses, comisiones, cargos por anualidad, etc.)?
Dado que no hay un ingreso para la institución financiera y por ello no hay nada
que se deba facturar al cliente, la institución puede emitir el estado de cuenta
sin generarlo como CFDI, o generarlo como tal, pero sin enviarlo para su
certificación a un proveedor de certificación de CFDI. Es decir, sólo genera un
estado de cuenta no un CFDI.