Aún estas a tiempo de cancelar CFDI del ejercicio 2023
Te recordamos que, si eres persona moral tienes hasta el 31 de marzo para poder cancelar CFDI del ejercicio anterior, de igual forma para las personas físicas tendrán hasta el 30 de abril. Esto mencionado en la regla 2.7.1.47 de las RMF del 2024.
“Para los efectos del artículo 29-A, cuarto párrafo del CFF, la cancelación de los CFDI se podrá efectuar a más tardar en el mes en el cual se deba presentar la declaración anual del ISR correspondiente al ejercicio fiscal en el cual se expidió el citado comprobante.”
(Diario Oficial de la Federación, 2023)
Te damos como sugerencia que mínimo lo hagas tres días antes, en caso de presentar saturación por el sistema. Es mejor ser precavidos, por eso FactureHoy contamos con la mejor plataforma para realizar tus CFDI de la manera más sencilla y rápido, estamos para apoyarte con cualquier duda.
Escrito por Michel Aguilar
¿Qué son las deducciones personales?
Son los gastos que como contribuyente persona física tienes derecho a disminuir de tus ingresos acumulables en la Declaración Anual del ejercicio.
Es importante que todos estos gastos sean pagados con transferencia, tarjeta crédito/débito o de servicios, y que el gasto sea facturado y pagado dentro del ejercicio correspondiente.
Te presentamos en este esquema los tipos de deducciones:
Tipos de deducciones:
1. Salud:
2. Educación:
Colegiaturas en instituciones educativas privadas con validez oficial de estudios:
3. Otros:
Escrito por Michel Aguilar.
A inicio del año, varios contribuyentes que tributaban en el Régimen Simplificado de Confianza de personas físicas notaron que habían sido retirados de dicho régimen.
Bien sabemos que desde que entró en vigor este régimen en el 2022, nos habían leído ya la cartilla sobre las obligaciones que debemos cumplir para mantenernos en el RESICO y ahora en el 2024 varios contribuyentes han sido dados de baja o bien transferidos a otro régimen.
Posibles causas por las que ya no eres parte del RESICO (personas físicas):
En el artículo 113 G de la Ley del ISR, se mencionan las obligaciones del Régimen Simplificado de Confianza:
Las personas físicas que fueron expulsadas del RESICO, están resintiendo las siguientes afectaciones:
Hay casos muy especiales las cuales deberás asesorarte con alguien especialista en el área fiscal.
Te invitamos a que sigas cumpliendo con tus obligaciones, para no tener problemas con la autoridad.
La e.firma es un formato electrónico que se adjunta y se relaciona con un documento, cuya función principal es identificar de manera única al firmante, garantizando la integridad del documento firmado y que la persona que firmó el documento realmente realizó la acción específica.
¿Cómo obtenerla?
¿Qué debo llevar?
¡La e.firma tiene vigencia! Cada 4 años debes renovarla |
Estas son algunos de los usos que tiene tu e.firma:
¿Diferencias entre la contraseña y la e.firma?
La contraseña puedes utilizarla para:
• Ingresar al Buzón Tributario.
• Obtención de la Constancia de Situación Fiscal.
• Obtención de la Opinión de Cumplimiento de Obligaciones Fiscales.
• Descarga del CSD (Certificado del Sello Digital).
• Descarga de declaraciones
La e.firma, además de permitir el acceso a distintas aplicaciones y servicios del SAT, se utiliza para firmar documentos electrónicos, contratos, solicitudes de trámites y servicios del gobierno.
Escrito por: Michel Aguilar
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