Para efectos de la deducibilidad en el Impuesto sobre la Renta, una camioneta tipo pick up es considerada un camión de carga, según lo establece una definición del Reglamento de Tránsito que lo define como un camión unitario ligero y camión unitario pesado y por lo cual, se establece un criterio normativo 27/ISR/N para apoyar lo antes mencionado que menciona lo siguiente:
“Deducciones del ISR. Los vehículos denominados pick up son camiones de carga”
Es importante recalcar que la deducción de estos activos es única y exclusivamente para personas físicas y morales que consideren indispensable el uso de este tipo de camiones ligeros de carga para sus actividades.
Derivado de lo anterior, las camionetas pick up, son un equipo de transporte que se puede deducir al 100% aplicando las reglas de deducción de inversiones (depreciación fiscal).
Así que, si tu negocio requiere una pick up, podría ser una decisión correcta la inversión para efectos fiscales. Recuerda que FactureHoy te estará informando de nuevos temas en nuestro blog.
Escrito por: Michel Aguilar
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