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¿Más Gastos que ingresos? Caíste en una Discrepancia Fiscal

La discrepancia fiscal se refiere a que hay más erogaciones que ingresos, esto quiere decir que la información manifestada por el contribuyente en su declaración de impuestos es incorrecta; sí la autoridad fiscal detecta que lo declarado es equivocado, ya sea por ingresos no declarados, deducciones incorrectas o inconsistencias entre la información reportada y la información proporcionada por terceros (como empleadores o instituciones financieras).

Las sanciones o multas por discrepancia fiscal pueden ser:

  • Multas monetarias: Generalmente, se aplican multas proporcionales al monto de impuestos que no fueron declarados correctamente.
  • Recargos y actualizaciones: Se pueden añadir intereses moratorios por el pago tardío de impuestos debido a la discrepancia.
  • Procesos legales: En casos graves de evasión fiscal o fraude, pueden iniciarse procesos penales con consecuencias más severas, como la prisión.

Para evitar caer en una discrepancia fiscal y sus consecuentes sanciones, te recomendamos los siguientes consejos:

  • Llevar registros precisos: Mantén registros detallados y precisos de todos tus ingresos y gastos. Esto incluye recibos, facturas y cualquier otro documento que respalde tus declaraciones de impuestos.

Llevar registros precisos

  • Reportar todos los ingresos: Asegúrate de declarar todos los ingresos recibidos, ya sea por trabajo dependiente, trabajo independiente, inversiones, alquileres u otras fuentes.

Reportar todos los ingresos

  • Revisar la información antes de declarar: Verifica que la información proporcionada por terceros (como tus empleadores o instituciones financieras) coincida con lo que estás reportando en tu declaración de impuestos.

Revisar la información antes de declarar

  • Consultar con un profesional: Si tienes dudas sobre cómo manejar ciertas transacciones o ingresos en tu declaración de impuestos, es aconsejable consultar con un contador o asesor fiscal que pueda orientarte adecuadamente.

Consultar con un profesional

  • Estar al tanto de los plazos: Cumple con las fechas límite para presentar tu declaración de impuestos y pagar los impuestos adeudados para evitar recargos e intereses.

Siguiendo estos consejos y manteniendo una conducta fiscal responsable, puedes reducir significativamente el riesgo de caer en una discrepancia fiscal y enfrentar las sanciones correspondientes.

Escrito por Michel Aguilar.

Arrendamiento en México

El arrendamiento en México aplica a quienes son propietarios de bienes inmuebles como casas, edificios, departamentos, locales comerciales, terrenos o bodegas, y permiten a terceros utilizarlos a cambio de una renta periódica.

Características del Arrendamiento

Conceptos:

¿Qué es el subarrendamiento?

El subarrendamiento es una práctica mediante la cual un arrendatario cede, total o parcialmente, el uso del bien inmueble que ha arrendado a una tercera persona, denominada subarrendatario, con el permiso previo y expreso del arrendador.

Responsabilidades principales de un arrendador

  • Entrega del inmueble en condiciones habitables
  • Mantenimiento estructural y reparaciones mayores
  • Garantizar el disfrute pacífico del inmueble
  • Cumplir con las normativas legales y de seguridad
  • Responder a solicitudes de reparación y mantenimiento
  • Respetar los derechos contractuales del arrendatario
  • Consentimiento para modificaciones o subarrendamiento
  • Devolución de depósito de garantía
  • Resolver disputas de manera justa y legal

Obligaciones Fiscales

  • Emitir facturas electrónicas por las rentas recibidas.
  • Llevar registros adecuadamente todos los ingresos y gastos relacionados.
  • Impuestos federales, que pueden ser mensuales o trimestrales
  • Otras declaraciones que pueden aplicar dependiendo del régimen fiscal en que se tribute.

¿Qué gastos puedo deducir?

En caso de ser necesario deducir gastos, podrán aplicar los siguientes:

  • Pago de sueldos y salarios.
  • Cuotas al IMSS como patrón.
  • Gastos de mantenimiento y servicios del inmueble.
  • Los intereses reales pagados por préstamos utilizados para la compra, construcción o mejoras de los bienes inmuebles
  • Impuesto predial.
  • Inversiones en el inmueble arrendado, como construcciones y mejoras.

En cuanto las deducciones personales que aplican en la declaración anual se podrán deducir:

  • Gastos médicos
  • Gastos funerarios
  • Lentes ópticos (no debe rebasar los 2,500 pesos)
  • Primas de seguros por gastos médicos
  • Intereses reales (efectivamente pagados en el ejercicio, por créditos hipotecarios por casa habitación)
  • Donativos
  • Transporte escolar
  • Aportaciones voluntarias al fondo de retiro
  • Impuestos locales por salarios
  • Colegiaturas (preescolar a preparatoria)

En caso de realizar esta actividad económica se recomienda buscar asesoría fiscal, ya que se pueden cumplir las obligaciones ante la autoridad de diversas formas.

Escrito por Michel Aguilar.

¿Facturas al público en general con método de pago PPD?

Normalmente, cuando se va a realizar una factura de ingresos, se deben tener todos los datos fiscales necesarios para la realización de ésta, pero ¿Qué sucede cuando la persona no solicita la factura? y ¿Cuándo la factura es a crédito?

Al tratar de encontrar una respuesta en la página del SAT nos encontramos con la “Guía de llenado del CFDI Global”, pero ¿Es lo que necesitamos para este caso? Al leer nos percatamos de que cuando se elabora una factura global, en el campo Método de Pago solo se debe registrar “Pago en una Sola Exhibición PUE”, sin embargo, por haber realizado una venta a crédito necesitamos que el método de pago sea “Pago en Parcialidades o Diferido PPD”.

Dicho esto, la “Guía de llenado del CFDI Global” no aclara la duda anterior. Esto se debe a que la factura NO debe considerarse como un CFDI Global, sino como una factura de ingresos normal con los siguientes datos:

  • RFC: XAXX010101000 que es el RFC Genérico, ya que no se cuenta con el RFC del cliente por no haber solicitado factura.
  • Nombre del Receptor: este debe ser nominativo, debe evitar poner “PUBLICO EN GENERAL” ya que una de las validaciones consiste en que al usar el RFC Genérico y en el nombre PUBLICO EN GENERAL se considera como CFDI Global.
  • Método de pago: “Pago en Parcialidades o Diferido PPD”, con la obligación de emitir su correspondiente complemento para recepción de pagos.
  • Forma de pago: “Por Definir”.
  • Uso de CFDI: Sin efectos fiscales.

Recuerda que FactureHoy te estará informando de nuevos temas en nuestro blog.

Escrito por Michel Aguilar.

Una nueva versión de la Carta Porte

A tan solo tres meses de haber entrado en vigor la versión 3.0 de la carta porte, el pasado 17 de junio el SAT publicó en su plataforma una nueva versión, la 3.1, misma que entrará en vigor el 17 de julio del 2024.

Te mostramos los cambios importantes que encontraremos en esta nueva versión

  • Se elimina un atributo Régimen Aduanero, ahora será «Régimen Aduanero CCP», además, se agrega 10 tipos de Regímenes Aduaneros, esto se relaciona por el registro que deben hacer con relación a los bienes y/o mercancías que se trasladan en cualquier medio de transporte que menciona el estándar del complemento.
  • Para emitir la factura electrónica con complemento Carta Porte (CCP) en operaciones de comercio exterior a través de pedimentos consolidados, se deben llenar los siguientes criterios:
  • Version
  • IdCCP
  • Ahora debes poner «SI» en «TranspInternac”
  • EntradaSalidaMerc
  • PaísOrigenDestino
  • VíaEntradaSalida
  • TotalDistRec
  • RegistroISTMO
  • TipoMateria
  • RegimenesAduaneros

Se actualizó la referencia del atributo CveMaterialPeligroso a la NOM-002-SCTS.

La fracción arancelaria pasó de ser un atributo de condición a obligatorio.

Catálogos:

       ▪︎ Se agregaron 60 nuevas claves al catálogo de Materiales Peligrosos, actualizadas conforme a la NOM-002-SCTSEMAR-ARTF/.

Escrito por: Michel Aguilar

¿Qué necesito para hacer un CFDI a Público en General?

El CFDI es un documento fundamental en el ámbito fiscal y comercial en México. Emitida y validada a través del Servicio de Administración Tributaria (SAT), esta herramienta permite a las empresas y contribuyentes llevar un registro ordenado y legal de sus transacciones.

En ocasiones los contribuyentes requieren realizar un CFDI sin tener un emisor o englobar todas tus ventas en un CFDI, lo cual, se conoce como una factura al púbico en general. La factura deberá contener requisitos en base al artículo 29-A, fracciones I y III del CFF.

RFC genérico nacional: XAXX010101000

De no contar con el nombre de la persona o empresa en el apartado de Razón Social deberás poner «público en general».

Para el RIF y Régimen Simplificado de Confianza: Se especifica que los contribuyentes personas físicas que tributen en el RIF pueden elaborar el CFDI de referencia de forma bimestral, incluyendo únicamente el monto total de las operaciones del periodo correspondiente. Similarmente, para los contribuyentes personas físicas que tributen en el Régimen Simplificado de Confianza, se deben incluir únicamente el monto total de las operaciones del periodo correspondiente.

Los contribuyentes pueden elaborar un CFDI diario, semanal o mensual donde consten los importes correspondientes a cada una de las operaciones realizadas con el público en general. Esto implica que, en lugar de emitir un CFDI por cada operación individual, se puede emitir uno que incluya el total de las operaciones realizadas en el período correspondiente.

Tienes dentro de las 24 horas siguientes al cierre de las operaciones realizadas de manera diaria, semanal, mensual o bimestral.

Un dato poco conocido, es que los contribuyentes no están obligados a expedir comprobantes por operaciones realizadas con el público en general cuyo importe sea inferior a $100.00 pesos mexicanos.

 

Escrito por: Michel Aguilar.

Reparto de Utilidades

Todo lo que necesitas saber de la Participación del Reparto de Utilidades (PTU)

  • ¿Qué es la PTU?

Es un derecho que tiene cada empleado que al prestar su servicio a una empresa en recibir una parte de las utilidades obtenidas del ejercicio anterior.

  • ¿Cuándo deberán pagar las empresas la PTU?

Las personas morales tienen hasta el 30 de mayo para hacer el pago.

Las personas físicas tienen hasta el 29 de junio para hacer el pago.

El reparto de utilidades entre los trabajadores deberá efectuarse dentro de los sesenta días siguientes a la fecha en que deba pagarse el impuesto anual” Artículo 122 LFT

  • ¿Cómo se reparten las utilidades?

“La utilidad repartible se dividirá en dos partes iguales: la primera se repartirá por igual entre todos los trabajadores, tomando en consideración el número de días trabajados por cada uno en el año, independientemente del monto de los salarios. La segunda se repartirá en proporción al monto de los salarios devengados por el trabajo prestado durante el año.” Artículo 123 LFT

  • ¿Quiénes no participan en la repartición de utilidades?
  • Directores, administradores y gerentes generales de la empresa
  • Trabajadores que tengan menos a 60 días de antigüedad.
  • Los trabajadores del hogar
  • Aquellos que presten sus servicios sin existir una relación de trabajo subordinado con el patrón.
  • Empresas que recién empiezan actividades.
  • Cuando la empresa en lugar de tener utilidades tiene perdidas.
  • ¿Qué debo hacer si no me pagan la PTU?

De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo (LFT), si el trabajador no recibe esta prestación o se le paga de forma incompleta, tiene un plazo de un año, contado a partir del día siguiente a la fecha límite establecida, para reclamar el pago de las utilidades.

Si no también la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo es la encargada de revisar estos casos y llevar a darle seguimiento a la denuncia por el incumplimiento del pago de la PTU.

  • ¿Hay multas por incumplimiento?

Si, las multas pueden ser de hasta 250 a 5,000 UMAS al patrón según el artículo 994, Fracc II

Bibliografía

Mexicanos, E. C. (4 de Abril de 2024). LEY FEDERAL DEL TRABAJO.

México, G. d. (s.f.). e.Economia. Obtenido de https://bit.ly/4c4FTcq

SAT. (2024). Orientación SAT. Obtenido de https://bit.ly/3Va63DQ

Escrito por Michel Aguilar

¿Qué necesito saber de las donaciones y sus implicaciones fiscales?

Además, su deducción disminuye el importe del ISR a cargo cuando se presenta la declaración anual.

En caso de querer hacer una donación, deberá cumplir con los siguientes requisitos:

 Personas morales

  • Las donaciones realizadas a organismos públicos autónomos y que tributen en el Título III de la Ley de ISR, la cantidad a deducir no debe exceder del 7% de la utilidad fiscal obtenida por el donante en el ejercicio anterior.
  • La donación a favor de la Federación, de las entidades federativas, de los municipios, o de sus organismos descentralizados la cantidad a deducir no debe exceder el 4% de la utilidad fiscal obtenida por el donante en el ejercicio anterior.

Personas físicas

  • Las donaciones realizadas a organismos públicos autónomos y que tributen en el Título III de la Ley de ISR la cantidad que se deduce por este concepto no debe exceder del 7% de los ingresos que sirvan de base para calcular el ISR del ejercicio anterior.
  • La donación a favor de la Federación, de las entidades federativas, de los municipios, o de sus organismos descentralizados no debe exceder el 4% los ingresos que sirvan de base para calcular el ISR del ejercicio anterior
  • A nivel de la declaración anual de las personas físicas, dentro de las deducciones personales, el monto de deducción por concepto de donativos sumado con las demás deducciones personales no podrá exceder de la cantidad que resulte menor entre cinco veces el valor anual de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) o del 15% del total de los ingresos del contribuyente (Ley del ISR, artículo 151).

 Las donaciones pueden ser en efectivo y en especie (bienes muebles o inmuebles). Las instituciones u organismos que reciben los donativos siempre deberán expedir un comprobante.

 

¿Qué son las Donaciones a Donatarias Autorizadas?

Las donaciones realizadas a instituciones autorizadas por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), como organizaciones civiles, fideicomisos, asociaciones religiosas, entre otras, son deducibles para efectos del impuesto sobre la renta, siempre y cuando se cumplan los requisitos establecidos por la ley. Las Donatarias Autorizadas, tienen como requisito tributar en Régimen de Personas Morales con fines no lucrativos y cumplir con todas las obligaciones que ese mismo régimen establece para conservar su autorización.

Si te interesa hacer una donación, el SAT cuenta con un directorio, donde encontraras las instituciones autorizadas para recibir donativos.

https://bit.ly/4cBt2Pp

 

¿Qué pasa si le hago una donación a algún familiar?

Las donaciones realizadas entre cónyuges o entre familiares, ya sea lo que perciban los descendientes de sus ascendientes o viceversa siempre y cuando sean en línea recta, como padres e hijos, abuelos y nietos, son exentas del pago de impuesto sobre la renta.

Es importante tener en cuenta que las exenciones fiscales pueden variar dependiendo de la legislación vigente y de las circunstancias específicas de cada caso.

Por ejemplo, si un hijo recibe una donación de su padre y este traspasa esa donación a su hermano, ya no sería exenta esta segunda operación (Ley del ISR artículo 93).

Es importante tener en cuenta que las donaciones pueden tener implicaciones fiscales tanto para el donante como para el receptor, por lo que es recomendable consultar a un experto en materia fiscal antes de realizar cualquier operación este tipo.

Bibliografía

Tributaria, S. d. (s.f.). Orientación. Obtenido de Ventajas de la autorización para recibir donativos deducibles: https://bit.ly/4ckdzmo

 

Escrito por: Michel Aguilar

Tipos de delitos y sanciones el SAT

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) es la autoridad encargada de velar por el cumplimiento de las obligaciones fiscales en México. Para garantizar la integridad del sistema tributario, el SAT considera diversos tipos de delitos fiscales, cada uno con sus propias implicaciones legales y sanciones. A continuación, se describen algunos de los delitos más comunes y las consecuencias asociadas:

  • Evasión Fiscal (Artículo 108 del Código Fiscal de la Federación – CFF):

La evasión fiscal ocurre cuando un contribuyente omite total o parcialmente el pago de impuestos que legalmente le corresponden. Esto se puede referir a diferencias en los ingresos declarados, omisión de facturación de operaciones realizadas, uso de esquemas de evasión, entre otros. Las sanciones por evasión fiscal pueden variar desde multas hasta prisión, dependiendo del monto defraudado y de la gravedad.

  • Defraudación Fiscal (Artículo 109 del CFF):

La defraudación fiscal implica el uso de medios fraudulentos para obtener beneficios indebidos en perjuicio del fisco federal. Esto puede incluir la emisión de facturas falsas, la simulación de operaciones, la manipulación de registros contables, entre otros. Las sanciones por defraudación fiscal pueden incluir penas de cárcel, multas elevadas y la obligación de pagar el monto defraudado más recargos.

  • Contrabando (Artículo 102 del CFF):

El contrabando consiste en la importación o exportación ilegal de mercancías sin el pago de los impuestos y aranceles correspondientes. Esto puede incluir la introducción clandestina de productos al país, la subvaluación de mercancías en aduanas, entre otros. Las sanciones por contrabando pueden incluir penas de prisión, decomiso de mercancías, multas y la imposibilidad de realizar operaciones comerciales legales.

  • Falsificación de Documentos (Artículo 113 del CFF):

La falsificación de documentos fiscales implica la elaboración, posesión o uso de documentos falsos o alterados con el fin de evadir el pago de impuestos o simular operaciones inexistentes. Esto puede incluir la falsificación de facturas, comprobantes de ingresos, registros contables, entre otros.

También podemos conocerlo como los famosos EFOS y EDOS.

  • Empresas facturadoras de operaciones simuladas (EFOS)

(…)son entidades que realizan operaciones simuladas para recibir un beneficio fiscal presentando facturas sin haber prestado algún servicio o entregados bienes, originalmente establecidos en el comprobante fiscal. (México)

  • Empresas que deducen operaciones simuladas (EDOS)

Son empresas que adquieren un comprobante fiscal, con el cual pretenden comprobar gastos que sean deducibles en su declaración, e incluso solicitar devolución de saldos a favor. (México)

Las sanciones por falsificación de documentos pueden incluir penas de cárcel, multas y la inhabilitación para ejercer actividades comerciales.

Es importante tener en cuenta que estas son solo algunas de las categorías de delitos fiscales contempladas por el SAT, y que las sanciones pueden variar dependiendo de la gravedad y el contexto de cada caso. La prevención y detección de estos delitos son fundamentales para garantizar la equidad y la legalidad en el sistema tributario, así como para preservar la integridad de las finanzas públicas.

 

Escrito por: Michel Aguilar

Incremento del Subsidio para el Empleo

El subsidio para el empleo es un recurso fundamental en la política fiscal mexicana, diseñado para respaldar a los trabajadores con ingresos modestos y aliviar el impacto del impuesto sobre la renta en sus economías. A lo largo de los años, ha experimentado diversas modificaciones para adaptarse a las necesidades cambiantes de la fuerza laboral y garantizar su efectividad. La más reciente de estas actualizaciones, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 2024, marca un hito significativo en la evolución de este beneficio fiscal.

Desde su incorporación en la Ley del Impuesto sobre la Renta, el subsidio para el empleo ha sido un componente crucial para mejorar el ingreso disponible de los trabajadores con salarios bajos. Su aplicación se basa en una tabla que determina el monto del subsidio en función del nivel de ingresos, lo que permite un apoyo proporcional a aquellos con menores recursos.

Sin embargo, se han identificado áreas de mejora en el sistema mantener la efectividad del subsidio y adaptarlo a las condiciones económicas actuales, se ha llevado a cabo una serie de reformas. Una de las más significativas se materializó el 01 de mayo del 2024 con la publicación del Decreto que modifica el subsidio para el empleo en el Diario Oficial de la Federación.

Este decreto introduce varias modificaciones importantes. En primer lugar, eleva el límite de sueldo para acceder al subsidio, pasando de 7,285 a 9,081 pesos mensuales. Este aumento del 2% representa un reconocimiento del aumento del costo de vida y del salario mínimo en el país, asegurando que un mayor número de trabajadores pueda beneficiarse del subsidio.

Además del ajuste en el límite de sueldo, el decreto simplifica el cálculo del subsidio al establecer una cuota mensual fija equivalente al 11.82% del valor mensual de la Unidad de Medida y Actualización (UMA). Esta medida elimina la complejidad de la tabla de subsidios anterior y reduce los costos administrativos asociados con su aplicación, beneficiando tanto a empleadores como a trabajadores.

Otro aspecto importante del decreto es su compromiso con la actualización automática del subsidio para reflejar las variaciones en el costo de vida. Esta disposición garantiza que el beneficio mantenga su valor real a lo largo del tiempo y continúe siendo una herramienta efectiva para apoyar a los trabajadores con menores ingresos.

Por último, el aumento del subsidio para el empleo representa un paso significativo en la mejora de las condiciones laborales y la protección del ingreso disponible de los trabajadores mexicanos. Al aumentar el límite de sueldo, simplificar el cálculo del subsidio y comprometerse con su actualización automática, el gobierno demuestra su compromiso con el bienestar económico de la población y su capacidad para adaptarse a los cambios en el entorno laboral y económico. Estas medidas no solo benefician a los trabajadores, sino que también fortalecen el mercado interno y contribuyen al crecimiento económico y el bienestar social del país.

 

Escrito por: Michel Aguilar.

¿Trabajas desde casa? Hay una nueva Ley

El 5 de diciembre del 2023 entró en vigor una Norma relacionada con las personas que trabajan desde casa “home office”.

Recordemos que, a raíz de la pandemia, muchos trabajadores se quedaron con esta modalidad, surgiendo algunas dudas e inconvenientes con las empresas y empleados. Con base en lo anterior, se implementó la Nom-037-STPS-2023, con el fin de prevenir accidentes y enfermedades, así como promover un medioambiente seguro en el entorno laboral.

Te mostramos algunos aspectos que se prevén en la norma:

La NOM es aplicable para todos los centros de trabajo que cuenten con personas laborando desde casa, siempre y cuando más del 40% de su tiempo sea bajo la modalidad de Teletrabajo.

Obligaciones del patrón:

·   Contar con una lista de los trabajadores que laboran con esta modalidad, con todos los datos completos (nombre, estado civil, actividades a desarrollar, puesto, tiempo de la relación laboral, número telefónico, comprobante de domicilio, lugares de trabajo propuesto por las personas trabajadoras bajo la modalidad de Teletrabajo, listado del equipo de compuesto y ergonómico).

·    Capacitar al trabajador al menos una vez al año, sobre las condiciones de seguridad y salud que deben tener y mantener en su lugar de trabajo.

·     Integrar en un documento la evidencia de cada uno de los empleados que trabajen en “home office”, donde cumplan con los siguientes puntos:

a) La lista de verificación de las condiciones de seguridad y salud en el Teletrabajo, así como su validación.

b) La evidencia fotográfica o de video que en su caso se cuente de las condiciones de seguridad y salud en el Teletrabajo, y

c) Los listados que comprueben los bienes y equipo de cómputo proporcionados a la persona trabajadora bajo la modalidad de Teletrabajo, a que se refiere el numeral 5.7 de esta NOM.

Obligaciones del trabajador en la modalidad de Teletrabajo

·   Cumplir con la Política de Teletrabajo establecida por la empresa.

·    Realizarse exámenes médicos, para determinar la salud y disposición actual del trabajador.

·    Resguardar y conservar en buen estado los equipos.

·    En caso de cambiar de domicilio, deberá informar a la empresa mediante un escrito.

·    Participar siempre en las capacitaciones ofrecidas por la empresa, sobre los temas relacionados con las actividades de Teletrabajo.

Estas son algunos de los puntos que, como patrón y trabajador, se deberán cumplir cuando se tiene la modalidad de Teletrabajo. Esta misma norma incluye las condiciones que debe tener el trabajador para desempeñar sus labores, en caso contrario, no será apto para realizar las actividades en esta modalidad. Por último, dicha norma muestra la manera correcta de realizar y entregar la documentación a los organismos responsables de la revisión.

 

 

Escrito por: Michel Aguilar