¡Ya mero llega el aguinaldo!

Con la llegada de fin de año, uno de los temas más esperados por los trabajadores es el aguinaldo, un derecho laboral que no solo es un reconocimiento al esfuerzo desempeñado durante el año, sino también un impulso económico que permite afrontar gastos festivos y personales. En este artículo, exploraremos ¿qué es el aguinaldo?, ¿cómo se calcula? y los requisitos que debe cumplir el patrón al entregar el aguinaldo.

El aguinaldo es una prestación laboral obligatoria que se otorga a los trabajadores. Consiste en un pago adicional que se debe realizar antes del 20 de diciembre.

El monto corresponde como mínimo a 15 días de salario si se laboró el año completo, en caso de no haber laborado todo el año o se cuente con faltas sin justificación, se debe calcular un aguinaldo proporcional.

Supongamos que el trabajador tiene un salario diario de $350.00 y laboró todo el año ¿Cuánto le correspondería de aguinaldo?

Aguinaldo: $350 x 15 días de salario= $5,250.00 de aguinaldo

En caso de que se trate de un trabajador que tenga derecho a un aguinaldo proporcional, se deberá calcular de la siguiente manera:

Con basé a la misma información, los 5,250 pesos los dividiremos entre los 365 días del año. Después se tendrá que multiplicar por los días laborados.

Nota: En caso de que el año haya sido bisiesto, este tendrá que dividirse entre 366 días.

$5,250.00 / 365 = 14.38 aguinaldo diario

Suponiendo que laboró 182 días, se calcularía:

182 x 14.38 = $2,617.16 de aguinaldo

Cabe resaltar que, en los ejemplos anteriores el resultado se trata de un aguinaldo bruto, haría falta aplicar la retención del Impuesto Sobre la Renta (ISR); actualmente se cuenta con una exención de impuesto de 30 UMAs, en el 2024, esto equivale a un total de $3,257.10.

Dicho lo anterior podemos observar que el aguinaldo proporcional sería exento de ISR, pero en el aguinaldo completo, se tendría que calcular que cantidad se deberá gravar de ISR de la siguiente manera:

$5,250.00 – $3,257.10 = $1,992.90 gravados

Otro punto por resaltar es la forma de pago. Este siempre deberá ser pagado de manera monetaria (efectivo, transferencia, deposito, cheque, etc) es decir, no debe ser mediante mercancías, vales, fichas o cualquier tipo de conceptos que sustituyan la moneda.

Cuando el trabajador reciba el importe del aguinaldo, deberá recibir un comprobante fiscal es decir el CFDI, sea digital o impreso donde el trabajador dará validez que lo que se recibió fue correcto y deberá firmarlo en caso de que este sea entregado físicamente.

Recuerda que el aguinaldo es un derecho que se establece en el articulo 87 LFT, en caso de su incumplimiento el patrón se podrá ser acreedor de una multa que oscilaría de 5 mil a 500 mil pesos.

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¿e.firma? ¿Sello Digital?

¿Cuál es la diferencia entre e.firma y sello digital (CSD)?

En México, estamos siendo testigos de importantes cambios fiscales relacionados con las tecnologías, diseñados para facilitar a los contribuyentes y empresas la presentación de sus ingresos y egresos ante el SAT, al mismo tiempo que se protege la información registrada. Como parte de estas medidas, se han creado dos herramientas clave: la e.firma y el sello digital, las cuales cumplen con funciones distintas y propósitos específicos. En este artículo te explicaremos qué son, para que nos sirven y cómo puedes obtenerlas.

 

La e.firma o también conocida como FIEL (Firma Electrónica Avanzada).

La e.firma es un mecanismo de identificación digital. Su principal objetivo es proporcionar una firma digital con la misma validez legal que una firma autógrafa, permitiendo a las personas físicas y morales identificarse y firmar documentos electrónicos en diversos trámites y servicios del gobierno, especialmente en el ámbito fiscal.

Está conformado por dos archivos digitales .cer y el .keyúnicamente puedes obtenerlos realizando una cita ante el SAT.

El punto .cer o certificado, este es como tal la identidad lo cual garantiza la autenticidad y la seguridad de los documentos firmados electrónicamente.

El .key o también llamado llave, es como su nombre lo dice, esta permite ingresar a la información.

La e.firma es ampliamente utilizada en diferentes trámites digitales ante el SAT y otras instituciones gubernamentales. Algunos ejemplos incluyen:

  • Firma de declaraciones fiscales anuales y otros documentos fiscales.
  • Trámites de devolución de impuestos.
  • Solicitudes de autorización para diversos procedimientos administrativos.
  • Firma de contratos electrónicos y otros acuerdos legales.

 

Trámite de E.firma (Antes FIEL)

Este archivo debe obtenerse directamente en las oficinas del SAT.

Archivos generados para la e.firma:

  • Archivos con terminación .cer (certificado de la e.firma)
  • Archivos con terminación .key (llave privada)

Por último, se asigna una contraseña personal para proteger la e.firma. Es fundamental guardarla en un lugar seguro y accesible, ya que será necesaria para futuros trámites.

 

El Certificado de Sello Digital o CSD

En cuanto al Certificado de Sello Digital o CSD es un certificado electrónico emitido también por el SAT, que permite a las empresas y contribuyentes emitir comprobantes fiscales digitales (CFDI) con plena validez y seguridad. A diferencia de la e.firma, que identifica a una persona o entidad en trámites generales, el CSD tiene un objetivo específico: autenticar la emisión de facturas electrónicas y documentos fiscales.

El uso del CSD es obligatorio para la emisión de facturas electrónicas en México. Cada vez que una empresa emite un CFDI, el CSD se utiliza para crear un “sello digital” que asegura la autenticidad del documento. Su uso es fundamental en:

  • Facturación electrónica.
  • Validación de otros documentos fiscales relacionados con la actividad comercial.

 

 Trámite de Certificado de Sello Digital (CSD)

El Certificado de Sello Digital (CSD) es un requisito esencial para emitir facturas electrónicas en México. Este trámite puede realizarse fácilmente en línea a través de la aplicación CERTIFICA (anteriormente conocida como SOLCEDI), sin necesidad de acudir presencialmente a las oficinas del SAT. 

Pasos para obtener tu CSD:

  1. Contar con tu FIEL o e.firma vigente: Este es un trámite previo y necesario para generar el CSD.
  2. Descargar la aplicación CERTIFICA: Disponible desde el portal del SAT, esta herramienta permite realizar el proceso de forma ágil y segura. Descargala aquí.

Con CERTIFICA, los contribuyentes tienen la posibilidad de gestionar sus trámites desde cualquier lugar, garantizando un proceso cómodo y eficiente.

Archivos generados para el Certificado de Sello digital (CSD):

  • Archivos con terminación .cer (certificado)
  • Archivos con terminación .key (llave)

Urls:

https://www.gob.mx/sat/acciones-y-programas/certificado-de-sello-digital

https://portalsat.plataforma.sat.gob.mx/certifica/

 

Aunque la e.firma y el Sello Digital comparten una base tecnológica similar y ambas son emitidas por el SAT, tienen diferencias claras en cuanto a su propósito y uso

 

Cuadro comparativo diferencias entre la e.firma y el sello digital

Debes tener en cuenta que tanto el Certificado de Sello Digital (CSD) como la FIEL tienen una vigencia de 4 años desde la fecha en que se tramitan. Por ello, es fundamental monitorear su fecha de expiración.

Cada uno de estos documentos incluye una clave o contraseña alfanumérica que es única y estrictamente confidencial.

Una vez que hayas completado estos trámites, será necesario esperar entre 24 y 48 horas para que el SAT actualice su listado de contribuyentes. Después de este periodo, ¡estarás listo para comenzar a timbrar!

 

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¿Tu trabajador no tiene RFC? Tú puedes registrarlo

Como patrón, una de tus responsabilidades es emitir el recibo de nómina de cada trabajador, para ello se necesita lo siguiente:

  • NUMERO DE SEGURO SOCIAL (NSS)
  • CURP
  • SALARIO
  • REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES (RFC)

Este último, muchas personas no lo han obtenido lo cual impide la generación de su correspondiente recibo de nómina y por ende imposibilita la deducibilidad de su pago al patrón. Para solventar lo anterior, la autoridad pone a disposición del empleador una facilidad para inscribir a sus trabajadores en el RFC, esto de acuerdo con la ficha 40/CFF del Anexo 1-A de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) vigente, para ello se realizará lo siguiente:

  • Un archivo con extensión TXT, que deberá cumplir con ciertas características mencionadas en dicha ficha, desde el nombre del archivo como su contenido.
  • El archivo, antes mencionado, se deberá enviar por medio de “mi portal”, cumpliendo con las características de la ficha 40/CFF

Dicho lo anterior es importante resaltar lo siguiente:

  • La autoridad emitirá resolución en un plazo máximo de 10 días.
  • El empleador podrá solicitar la inscripción de trabajadores menores de edad a partir de los 16 años.
  • El trabajador será inscrito en el RFC, con el domicilio fiscal vigente del empleador al momento del trámite.

Una vez que el trabajador es dado de alta, es responsabilidad del empleador mantener actualizada la información en el portal. Esto incluye la notificación de cualquier cambio en la situación laboral del trabajador, como puede ser su suspensión y/o reanudación de actividades, esto de acuerdo con la ficha 75/CFF del Anexo 1-A de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) vigente, cumpliendo con los siguientes requisitos:

  • En caso de una suspensión: se deberá avisar a la autoridad dentro del mes siguiente a aquel en que se concluya la relación laboral.
  • En caso de reanudación: se deberá avisar a la autoridad dentro del mes siguiente a aquel en que el asalariado preste los servicios al patrón y que en el RFC se encuentre en suspensión de actividades.
  • ▪Un archivo con extensión .TXT, que deberá cumplir con ciertas características mencionadas en dicha ficha, desde el nombre del archivo como su contenido.
  • ▪ El archivo, antes mencionado, se deberá enviar por medio de “mi portal”, cumpliendo con las características de la ficha 75/CFF

Es esencial que los empleadores se familiaricen con estos fundamentos para asegurarse de que están cumpliendo con las normativas y evitando sanciones.

 

Escrito por: Julio Cesar Cruz, Yolanda Fernández y Michel Aguilar

¡Timbra tu nómina a tiempo!

Sabias que, según el número de trabajadores que tengas laborando en tu empresa, será los días hábiles que tendrás para expedir el CFDI de nómina, esto se fundamenta en la regla 2.7.5.1. de la Regla Miscelánea Fiscal (RMF) vigente.

Los plazos que tenemos para expedir el comprobante de nómina, según el número de trabajadores o contribuyentes asimilados con los que cuenta la empresa, son los siguientes:

tabla de plazos para expedir el comprobante de nómina

En cuyo caso, considerarán como fecha de expedición y entrega de tales comprobantes fiscales la fecha en que efectivamente se realizó el pago de dichas remuneraciones.

De no cumplir con los tiempos establecidos del SAT, podrás llevarte una sanción o multas por cada CFDI de cada trabajador, que no se haya cumplido correctamente

En FactureHoy, te ofrecemos un servicio integral de nómina que simplifica tus procesos y te permite enfocarte en lo que realmente importa: hacer crecer tu negocio. Con nuestra plataforma, podrás generar CFDI de manera rápida y segura, asegurando el cumplimiento de todas las normativas fiscales.

  Fácil de usar: Interfaz intuitiva para que gestiones tu nómina sin complicaciones.

  Soporte personalizado: Un equipo de expertos listo para ayudarte en cada paso.

 Actualizaciones constantes: Nos mantenemos al día con los cambios fiscales para que tú no tengas que preocuparte.

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¿Conoces tus prestaciones de ley?

Prestaciones de ley

Las «prestaciones de ley» se refieren a los derechos y beneficios que deben otorgarse a los trabajadores conforme a la Ley Federal del Trabajo. Estas prestaciones buscan garantizar un bienestar mínimo y un trato justo. Algunas de las principales prestaciones incluyen:

Salario mínimo: Un ingreso mínimo que debe recibir el trabajador por su labor.

 

Vacaciones: Derecho a un período de descanso, que varía según el tiempo trabajado.  En el artículo 76, establece que:

  • Los trabajadores tienen derecho a un periodo anual de vacaciones pagadas, que no puede ser menor a doce días laborables, y que se incrementa conforme a la antigüedad en el empleo.
  • Después del primer año de trabajo, los días de vacaciones aumentan en dos días por cada cinco años de servicio.

Aguinaldo: Un pago adicional equivalente al menos 15 días de salario, que debe pagarse antes del 20 de diciembre.

 

Prima de antigüedad: Una compensación que se otorga a los trabajadores al momento de su separación, equivalente a 12 días de salario por cada año trabajado, siempre y cuando tengan más de 15 años laborando en la empresa.

Seguro social: Cobertura en salud, invalidez, y maternidad, a través del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).

Licencias por maternidad y paternidad: Derechos relacionados con el nacimiento o adopción de hijos.

Días de descanso: Al menos un día de descanso a la semana y días festivos.

Fondo de ahorro y prestaciones adicionales: Algunas empresas ofrecen beneficios adicionales como bonos, vales de despensa, y planes de pensiones.

Utilidades: se refieren a las ganancias obtenidas por una empresa después de deducir todos sus gastos, costos e impuestos. Estas utilidades son importantes porque reflejan la rentabilidad de un negocio y son un indicador clave de su salud financiera. Los trabajadores tienen derecho a recibir una parte de las utilidades generadas por la empresa en la que laboran, lo que busca reconocer su contribución al éxito del negocio.

Renuncia: Al renunciar, un trabajador tiene derecho a recibir ciertas prestaciones, que pueden incluir:

  • Finiquito: Se paga por los días trabajados hasta la fecha de la renuncia, incluyendo salarios, comisiones y cualquier otra compensación pendiente.
  • Vacaciones no disfrutadas: Si el trabajador tiene días de vacaciones acumulados no utilizados, debe recibir una compensación por ellos.
  • Prima vacacional: Se paga un porcentaje sobre el salario correspondiente a los días de vacaciones no disfrutados.
  • Aguinaldo proporcional: Si la renuncia ocurre antes de que se complete el año, el trabajador tiene derecho a recibir una parte proporcional del aguinaldo correspondiente.
  • Despido: Cuando un trabajador es despedido, tiene derecho a recibir diversas prestaciones, dependiendo de la causa del despido. Algunas de las principales son:
  • Indemnización: Si el despido es injustificado, el trabajador tiene derecho a una indemnización equivalente a tres meses de salario más 20 días de salario por cada año trabajado.
  • Finiquito: Incluye el pago por los días trabajados hasta la fecha de despido, así como cualquier salario pendiente y otras compensaciones.
  • Vacaciones no disfrutadas: Se debe pagar por los días de vacaciones acumulados que no se hayan tomado.
  • Prima vacacional: Corresponde al porcentaje sobre el salario de los días de vacaciones no disfrutados.
  • Aguinaldo proporcional: El trabajador tiene derecho a recibir una parte proporcional del aguinaldo correspondiente al tiempo trabajado durante el año.

Este artículo es de uso informativo, si cuenta con algún problema te recomendamos buscar asesoría legal a través de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET) para proteger tus derechos laborales.

Al elegir nuestro servicio de nóminas, no solo están optando por una solución eficiente y segura, sino que también están invirtiendo en el futuro de su empresa. Nos encantaría la oportunidad de trabajar con usted y ayudarle a optimizar el timbrado de nómina.

Trabajadores del hogar

En México, desde los inicios de la Ley Federal del Trabajo en 1970, se tenía contemplado a los trabajadores del hogar como empleados domésticos, tal como lo menciona el artículo 331:

Artículo 331.- Trabajadores domésticos son los que prestan los servicios de aseo, asistencia y demás propios o inherentes al hogar de una persona o familia.

Sin embargo, aunque la Ley Federal del Trabajo los incluía dentro de sus artículos, un trabajador del hogar carecía de derechos y condiciones laborales para garantizar así un trato justo y digno. Es hasta el 2019 que se reforman y adicionan varios artículos a la Ley Federal del Trabajo, estableciendo derechos y obligaciones relacionados al trabajador del hogar, por ejemplo:

  •   Prohibiendo la contratación de menores de 15 años.
  • ▪  Establecer condiciones por medio de un contrato escrito.
  • Prestaciones laborales, como vacaciones, prima vacacional, pago de días de descanso, aguinaldo, etc.
  • Inscribir a la parte trabajadora al Instituto Mexicano del Seguro Social y pagar las cuotas correspondientes conforme a las normas aplicables en la materia.

El último punto es el que da pie a este blog, ya que establece la obligación del patrón ante otra entidad, como lo es el IMSS, esto con la finalidad de que los trabajadores del Hogar tengan acceso a lo siguiente:

    • Servicio a la atención médica, hospitalarios y medicamentos.
    • Incapacidad por enfermedad y maternidad.
    • Invalidez y Vida.
    • Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez.
    • Guarderías y Prestaciones Sociales.
    • Riesgos de Trabajo: se refiere a la protección en el área de trabajo, proviene a futuros accidentes y enfermedades en las que pudiera estar expuesta el trabajador.

Esto puede ser un tema nuevo para los empleadores, ya que fungirán como patrones ante el Instituto Mexicano del Seguro Social. Podría pensarse que se trata de un tema complicado, pero la autoridad trata de que todo este tema sea sencillo para el empleador en temas como:

    • ▪ Cuotas, se podrá realizar el ejercicio de las cuotas patronales a cubrir para cumplir con la obligación del nuevo esquema.
    • ▪  Preguntas Frecuentes, se trata de resolver las diversas dudas que pueden surgir en relación del empleado y del empleador.
    • ▪  Contacto, mantiene abierta la conversación por distintos medios, como llamadas, chat, correo electrónico y redes sociales.

Los requisitos necesarios para dar de alta a un trabajador del hogar son muy sencillos y son los siguientes:

  • De la persona empleadora se necesita:
    • ▪ CURP
    • ▪ Correo electrónico
    • ▪ Datos de contacto
    • ▪ Domicilio
  • De la persona Trabajadora del Hogar se necesita:
    • Número del Seguro Social (NSS)
    • CURP
    • Domicilio
    • Salario diario
    • Días laborados

Todo esto se hace en línea y al concluir se obtiene un acuse para su pago. Si la persona labora regularmente los mismos días y percibe el mismo sueldo, se podrá solicitar que el acuse de pago llegue de forma automática, recordando que la fecha límite son los primeros 20 días del mes.

La obligación de asegurar a los trabajadores del hogar ante el IMSS inicio a partir del 2019 y para el 2024, se agregó el INFONAVIT, esto con la finalidad de que el trabajador también tenga derecho a contar con:

    • Ahorro para vivienda
    • Crédito para vivienda o compra de un terreno o la remodelación
    • Construcción o remodelación de la vivienda

Para el INFONAVIT, la obligación del patrón es la de pagar el equivalente al 5% del salario con el que se le registró ante el IMSS. Es importante mencionar que no es necesario registrar un alta del trabajador, ya que está información se obtiene directamente del IMSS.

En caso de no dar de alta al trabajador, el patrón será acreedor a una multa por incumplir con esta obligación.

¿Desapareció la compensación?

El términocompensación universal ha sido utilizado principalmente en el ámbito fiscal. Específicamente, se refiere a una disposición dentro del sistema tributario mexicano que permitía a las personas físicas y morales (empresas) compensar sus impuestos a favor en contra de sus obligaciones fiscales que resultaban a pagar, como se muestra en la siguiente tabla:

Tabla donde se ejemplifica de manera grafica la compensación universal

En la Resolución Miscelánea Fiscal del 2024 se eliminó la compensación universal de saldos a favor generados hasta el ejercicio 2018 ya que se contaba con fecha límite del 17 de enero del 2024 para aplicar la compensación universal; esto significa que los contribuyentes ya no podrán aplicar estos saldos a favor para compensar otros impuestos federales.

Actualmente, solo existe la compensación de saldos a favor contra saldos a cargo del mismo impuesto, de la siguiente manera:

tabla donde se muestra gráficamente la compensación de saldos a favor contra saldos a cargo del mismo impuesto.
(1) Solo aplica compensación cuando el saldo a favor se trate de un pago indebido

Recordando que el saldo a favor de IVA propio se aplica contra el mismo IVA propio que surge a pagar posteriormente y a esta acción se le llama acreditamiento.

Ante las pocas opciones de como recuperar un saldo a favor, recuerda que siempre existe la opción de la devolución, asesórate correctamente y solicita tu saldo a favor, se podrá solicitar la devolución de impuestos dentro de los 5 años siguientes a la fecha en que se tenga la obligación de presentar la declaración de impuestos correspondiente.

Recuerda siempre cumplir con tus obligaciones fiscales, nosotros te ayudaremos a que estés más informado. También contamos con el mejor sistema de facturación, pregunta por nuestros servicios y paquetes.

Bibliografía

México, G. d. (13 de octubre de 2016). Compensación universal de saldos a favor. Obtenido de https://bit.ly/4dBbVgF
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Michel Aguilar

¿Cómo elegir al prospecto ideal para tu empresa?

Encontrar y seleccionar a los prospectos adecuados para tu empresa es crucial para el crecimiento y el éxito a largo plazo. Aquí te presento una guía paso a paso para identificar y evaluar candidatos que puedan contribuir de manera significativa a tu equipo:

    1. Definir el Perfil del Candidato Ideal

      Antes de comenzar el proceso de selección, es fundamental tener claro qué características y habilidades son prioritarias para el puesto. Esto incluye competencias técnicas, habilidades blandas, experiencia laboral previa y valores que encajen con la cultura de tu empresa.

      Competencias técnicas: Habilidades específicas requeridas para desempeñar el trabajo.

      Habilidades blandas: Capacidades como trabajo en equipo, comunicación efectiva y liderazgo.

      Experiencia relevante: Experiencia laboral previa en roles similares o en la industria específica.

      Cultura organizacional: Valores y principios que definen tu empresa y cómo encajan con los valores del candidato.

    2. Utiliza múltiples fuentes para reclutar candidatos potenciales

      Redes profesionales: LinkedIn, grupos especializados en redes sociales.

      Portales de empleo: Indeed, LinkedIn, entre otros.

      Referencias internas y externas: Empleados actuales, contactos de la industria.

    3. Un proceso de selección bien estructurado te ayudará a evaluar a los candidatos de manera justa y objetiva

      Revisión de CV y carta de presentación: Busca experiencia relevante y alineación con el perfil deseado.

      Entrevistas: Realiza entrevistas telefónicas y presenciales para evaluar habilidades técnicas y blandas.

      Pruebas de habilidades:  Pruebas técnicas o de competencias específicas, según sea necesario.

      Referencias: Contacta a referencias profesionales para verificar la experiencia y el desempeño previo del candidato.

    4. Evaluación de Ajuste Cultural

      Además de las habilidades técnicas, considera si el candidato encaja con la cultura organizacional de tu empresa. Esto ayuda a prever la integración exitosa del nuevo empleado y la retención a largo plazo.

      Valores compartidos:  Evalúa si los valores personales del candidato coinciden con los valores de tu empresa.

      Adaptabilidad: Capacidad del candidato para adaptarse a nuevos entornos y formas de trabajo.

    5. Comunicación Transparente y Proceso de Contratación

      Durante todo el proceso, mantén una comunicación clara y transparente con los candidatos. Informa sobre los plazos, las etapas de proceso y cualquier otra información relevante.

      Retroalimentación: Proporciona retroalimentación constructiva a los candidatos que no sean seleccionados.

      Oferta de empleo: Presenta una oferta clara y detallada a tu candidato seleccionado, incluyendo salario, beneficios y expectativas.

    6. Una vez contratado el candidato, asegúrate de ofrecer un seguimiento adecuado para facilitar la integración y el desarrollo continuo

      Programa de incorporación: Proporciona una orientación detallada sobre la empresa, su cultura y los procedimientos internos.

      Evaluación continua: Realiza evaluaciones de desempeño regulares para identificar áreas de desarrollo y oportunidades de crecimiento.

      Al seguir estos pasos, podrás seleccionar al prospecto ideal que no solo posea las habilidades técnicas necesarias, sino que también se integre perfectamente con la cultura y los valores de tu empresa, contribuyendo así al éxito y al crecimiento organizacional a largo plazo.

 

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¡Tienes 72 horas para el timbrado!

De acuerdo con la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) 2024 establece en base al artículo 29 y 29 Bis del Código Fiscal de la Federación (CFF), los proveedores de certificación de CFDI deben seguir procedimientos específicos para certificar los comprobantes fiscales. Entre sus obligaciones, destacan las siguientes:

Los proveedores deben recibir los CFDI de los contribuyentes y validarlos conforme al Anexo 20 publicado en el Portal del SAT.

    • Verifica que el período entre la fecha de generación del documento y la fecha de certificación no exceda las 72 horas, utilizando el huso horario del Código Postal en el Anexo 20 registrado en el campo LugarExpedicion.
    • Asegurar que el CFDI no haya sido previamente certificado y que el Certificado de Sello Digital (CSD) del emisor estuviera vigente en el momento de la generación del documento.
    • Confirma que el CSD corresponde al contribuyente indicado como emisor en el CFDI y que el sello digital sea válido.
    • Validar que el documento cumpla con las especificaciones técnicas del Anexo 20 y otras normativas técnicas aplicables.
    • Si el CFDI cumple con las validaciones, el proveedor debe responder al contribuyente con el folio asignado por el SAT, la fecha y hora de certificación, el sello digital del CFDI, el número de serie del CSD del SAT, y el sello digital del SAT.
    • El SAT conserva copia de todos los CFDI certificados. Los contribuyentes deben utilizar su CSD en el Portal del SAT para cancelar CFDI, si es necesario.

Estas medidas aseguran la validez y el correcto manejo de los CFDI, contribuyendo a la integridad del sistema de facturación electrónica en México.

Por ello, FactureHoy te ayuda a maximiza la eficiencia de tu facturación con nuestro soporte integral. Ofrecemos servicios que garantizan cumplimiento y precisión en cada documento. ¡Llama para más detalles!

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Prestaciones y financiamiento del seguro

Te mostramos que prestaciones y sus fuentes de financiamiento que te brinda el seguro

El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) en México ofrece diversos regímenes de aseguramiento que tienen como propósito brindar protección social a los trabajadores y sus familias. Cada uno de estos regímenes tiene diferentes prestaciones y fuentes de financiamiento las cuales te lo integraremos en una tabla:

    • • SRT: Riesgo de Trabajo
    • • SEM: Enfermedades y Maternidad
    • • SIV: Invalidez y Vida
    • • SRCV: Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez
    • • SGPS: Guarderías y Prestaciones Sociales
Tabla de los diferentes regímenes que tiene las prestaciones y fuentes de financiamiento

32: Seguro para estudiantes y familiares de los trabajadores del IMSS y de la Comisión Federal de Electricidad.

38 y 42: En las modalidades los asegurados son trabajadores al servicio de la Administración Pública estatal o municipal; la diferencia entre las modalidades se relaciona con el tipo de seguros a los cuales se tiene derecho.

44: Solo tienen la cobertura de retiro y vejez, mas no la de cesantía.

Fuente: Dirección de Incorporación y Recaudación, IMSS y Anexo A Prestaciones y Fuentes de Financiamiento de los Regímenes de Aseguramiento del IMSS

Ahora te explicamos las principales coberturas y prestaciones según el seguro que te corresponde:

    1. Seguro de Enfermedades y Maternidad

Cobertura:

    • •Atención médica general
    • • Servicios farmacéuticos (medicamentos recetados).
    • • Hospitalización y cirugías.
    • • Servicios de maternidad, incluyendo atención prenatal.

Prestaciones:

    • • Subsidio por incapacidad temporal debido a enfermedad (subsidio
    • • Subsidio por incapacidad temporal por riesgo
    1. Seguro de Riesgos de Trabajo

Cobertura:

    • • Atención médica-quirúrgica
    • • Servicios farmacéuticos
    • • Hospitalización y cirugía
    • • Aparatos de prótesis y ortopedia
    • • Rehabilitación
    • • Servicio de carácter preventivo

Prestaciones:

    • • Subsidio por incapacidad temporal
    • • Subsidio por incapacidad permanente puede durar un periodo de adaptación de 2 años, después de ese periodo según el artículo 58 fracc. II y III LSS podría otorgarse la pensión definitiva o indemnización global.
    • • En caso de fallecimiento se le dará pensión de viudez, orfandad o ascendientes, ayuda asistencial y asistencia médica.
    • • Gastos funerarios
    1. Seguro de invalidez y vida

Cobertura:

    • • Atención médica-quirúrgica
    • • Servicios farmacéuticos
    • • Hospitalización
    • • Pensiones

Prestaciones:

    • • Pensiones para los beneficiarios (esposa/o, hijos menores de edad, etc.) en caso de fallecimiento
    • • Pago de gastos funerarios.
    1. Seguro de Guarderías y Prestaciones Sociales

Cobertura:

    • • Servicios de guarderías para los hijos menores de 4 años de los trabajadores asegurados.
    • • Programas de apoyo y servicios sociales adicionales que pueden variar

Prestaciones:

    • • Atención y cuidado integral de los niños en un ambiente
    • • Programas de desarrollo infantil y estimulación temporal
    1. Seguro de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez

Cobertura:

    • • Atención médica-quirúrgica
    • • Servicios farmacéuticos
    • • Hospitalización
    • • Pensión de jubilación al llegar a la edad establecida (asegurados, a partir de los 60 años que queden privados de trabajos remunerados para la cesantía en edad avanzada y para los asegurados de la vejez es a partir de los 65 años de edad).

Prestaciones:

    • •  Pensión mensual a los asegurados.
    • •  Gastos de matrimonio
    • • Renta vitalicia o un retiro programado de al menos ese monto, si cotizaron mínimo 1,250 semanas

Cada tipo de seguro tiene un conjunto específico de coberturas y prestaciones diseñadas para satisfacer las necesidades de los trabajadores y sus familias. El acceso y los beneficios específicos pueden variar según el régimen en el que se encuentre el asegurado y el cumplimiento de los requisitos establecidos

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