Para efectos de la deducibilidad en el Impuesto sobre la Renta, una camioneta tipo pick up es considerada un camión de carga, según lo establece una definición del Reglamento de Tránsito que lo define como un camión unitario ligero y camión unitario pesado y por lo cual, se establece un criterio normativo 27/ISR/N para apoyar lo antes mencionado que menciona lo siguiente:
“Deducciones del ISR. Los vehículos denominados pick up son camiones de carga”
Es importante recalcar que la deducción de estos activos es única y exclusivamente para personas físicas y morales que consideren indispensable el uso de este tipo de camiones ligeros de carga para sus actividades.
Derivado de lo anterior, las camionetas pick up, son un equipo de transporte que se puede deducir al 100% aplicando las reglas de deducción de inversiones (depreciación fiscal).
Así que, si tu negocio requiere una pick up, podría ser una decisión correcta la inversión para efectos fiscales. Recuerda que FactureHoy te estará informando de nuevos temas en nuestro blog.
Escrito por: Michel Aguilar
Cuando emitimos una Factura Electrónica (CFDI) y el pago no se realiza, es importante tomar medidas para mantener la integridad fiscal y contable de nuestra operación.
Según la regla 2.7.1.39. RMF, si el pago se realiza de manera diferente a la indicada en el CFDI, se debe cancelar dicho comprobante y emitir uno nuevo, reflejando la forma de pago correcta. Esto asegura la transparencia en las transacciones y evita posibles discrepancias en la contabilidad.
Si el pago no se realiza en su totalidad antes del último día del mes en que se emitió el CFDI, se debe cancelar este documento y emitir uno nuevo utilizando la forma de pago «99 por definir» y el método de pago «PPD pago en parcialidades o diferido». Además, se debe relacionar el nuevo CFDI con el emitido originalmente como una sustitución de los CFDI previos. Es esencial emitir el CFDI con complemento para recepción de pagos correspondiente por los pagos que se reciban posteriormente, conforme a las reglas fiscales establecidas.
Para los integrantes del sector financiero que apliquen esta regla, se permite considerar, incluso, los pagos recibidos hasta el día 17 del mes siguiente a la emisión del CFDI por el total de la operación. Sin embargo, es responsabilidad del receptor del CFDI realizar el acreditamiento del IVA e IEPS en el mes en que el impuesto trasladado haya sido efectivamente pagado.
En resumen, es crucial seguir los procedimientos establecidos por la autoridad fiscal para garantizar el correcto registro y control de las operaciones comerciales, así como para evitar posibles inconvenientes en la declaración de impuestos y el cumplimiento de las obligaciones fiscales.
Escrito por: Michel Aguilar
El SAT ha implementado algunas formas para facilitar al contribuyente a realizar ciertos tramites, unos de los problemas más comunes ha sido la descarga de la Constancia de Situación Fiscal (CSF), ya que durante el 2022 entra en vigor la reforma fiscal donde se incluyeron en forma obligatoria al CFDI versión 4.0 los datos actualizados del emisor y receptor. Estos datos deben coincidir con los registros que le brindaste al SAT, por ello es necesario proporcionar el CSF al solicitar una factura.
Por otra parte, también los patrones comenzaron a solicitar a sus trabajadores dichas CSF, para la emisión de sus recibos de nómina, ya que, si los datos del trabajador no son correctos, el recibo no puede ser timbrado.
¿Qué información contiene la CSF?
Este documento contiene los datos fiscales de cada contribuyente sea persona física o moral. Algunos de los datos que contiene la Constancia de Situación Fiscal son:
¿Necesito contraseña para descargar mi CSF?
No, desde SAT ID no requieres de tu contraseña o la e.firma, lo único que necesitas es tener:
Ahora, te explicaremos como hacerlo:
1.- Ingresa a la pagina de SAT ID https://satid.sat.gob.mx/
2.- Te vas a la opción “Constancia de Situación Fiscal con CIF”.
3.- Ingresa tu RFC, correo electrónico y número de teléfono.
4.- Te llegará un código de confirmación para darle continuidad al trámite.
5.- Tomarás una foto de tu Identificación Oficial.
6.- Por último, para validar tu identidad te piden un video, leyendo la frase que aparecerá en la pantalla.
Una vez hecho lo anterior, firmas la solicitud. Aparecerá un mensaje señalando que la solicitud fue registrada con éxito, así como el folio para consultar el estado de tu trámite. En máximo cinco días hábiles, si todos los requisitos fueron cubiertos, recibirás la Constancia por medio de tu correo electrónico en un archivo PDF.
Recuerda que también puedes descargar la CSF, sin menos tiempo desde la plataforma del SAT, en este caso si requieres de RFC y contraseña o tu e.firma. Te recomendamos que cuando te registres y tramites la firma electrónica, escribe tus contraseñas en un lugar seguro, para que no se te olvide.
Escrito por: Michel Aguilar
Aún estas a tiempo de cancelar CFDI del ejercicio 2023
Te recordamos que, si eres persona moral tienes hasta el 31 de marzo para poder cancelar CFDI del ejercicio anterior, de igual forma para las personas físicas tendrán hasta el 30 de abril. Esto mencionado en la regla 2.7.1.47 de las RMF del 2024.
“Para los efectos del artículo 29-A, cuarto párrafo del CFF, la cancelación de los CFDI se podrá efectuar a más tardar en el mes en el cual se deba presentar la declaración anual del ISR correspondiente al ejercicio fiscal en el cual se expidió el citado comprobante.”
(Diario Oficial de la Federación, 2023)
Te damos como sugerencia que mínimo lo hagas tres días antes, en caso de presentar saturación por el sistema. Es mejor ser precavidos, por eso FactureHoy contamos con la mejor plataforma para realizar tus CFDI de la manera más sencilla y rápido, estamos para apoyarte con cualquier duda.
Escrito por Michel Aguilar
¿Qué son las deducciones personales?
Son los gastos que como contribuyente persona física tienes derecho a disminuir de tus ingresos acumulables en la Declaración Anual del ejercicio.
Es importante que todos estos gastos sean pagados con transferencia, tarjeta crédito/débito o de servicios, y que el gasto sea facturado y pagado dentro del ejercicio correspondiente.
Te presentamos en este esquema los tipos de deducciones:
Tipos de deducciones:
1. Salud:
2. Educación:
Colegiaturas en instituciones educativas privadas con validez oficial de estudios:
3. Otros:
Escrito por Michel Aguilar.
A inicio del año, varios contribuyentes que tributaban en el Régimen Simplificado de Confianza de personas físicas notaron que habían sido retirados de dicho régimen.
Bien sabemos que desde que entró en vigor este régimen en el 2022, nos habían leído ya la cartilla sobre las obligaciones que debemos cumplir para mantenernos en el RESICO y ahora en el 2024 varios contribuyentes han sido dados de baja o bien transferidos a otro régimen.
Posibles causas por las que ya no eres parte del RESICO (personas físicas):
En el artículo 113 G de la Ley del ISR, se mencionan las obligaciones del Régimen Simplificado de Confianza:
Las personas físicas que fueron expulsadas del RESICO, están resintiendo las siguientes afectaciones:
Hay casos muy especiales las cuales deberás asesorarte con alguien especialista en el área fiscal.
Te invitamos a que sigas cumpliendo con tus obligaciones, para no tener problemas con la autoridad.
La e.firma es un formato electrónico que se adjunta y se relaciona con un documento, cuya función principal es identificar de manera única al firmante, garantizando la integridad del documento firmado y que la persona que firmó el documento realmente realizó la acción específica.
¿Cómo obtenerla?
¿Qué debo llevar?
¡La e.firma tiene vigencia! Cada 4 años debes renovarla |
Estas son algunos de los usos que tiene tu e.firma:
¿Diferencias entre la contraseña y la e.firma?
La contraseña puedes utilizarla para:
• Ingresar al Buzón Tributario.
• Obtención de la Constancia de Situación Fiscal.
• Obtención de la Opinión de Cumplimiento de Obligaciones Fiscales.
• Descarga del CSD (Certificado del Sello Digital).
• Descarga de declaraciones
La e.firma, además de permitir el acceso a distintas aplicaciones y servicios del SAT, se utiliza para firmar documentos electrónicos, contratos, solicitudes de trámites y servicios del gobierno.
Escrito por: Michel Aguilar
Si eres patrón, recuerda que tienes hasta el 29 de febrero del 2024 para hacer correcciones a tu nómina de acuerdo con la regla 2.7.5.6. de las RMF del 2024.
Deberás cancelar el CFDI de nómina que contiene los errores y emitir el nuevo CFDI agregando la fecha de pago en el ejercicio 2023 en que se realizó el pago asociado al comprobante.
Es importante realizar estás correcciones, ya que cabe resaltar que la declaración anual de personas morales es prellenada.
Escrito por: Lic. Michel Aguilar
¿Qué es Complemento Carta Porte (CCP)?
Es un anexo que se agrega a un comprobante fiscal digital (CFDI) ya sea de ingreso y/o traslado, integrando los datos sobre la procedencia y destino de los activos/mercancías que se trasladan ya sea por vía terrestre, aérea, marítima o fluvial.
¿Quiénes están obligados?
Es importante que los transportistas lleven el complemento de manera digital o impreso, ya que la autoridad podrá solicitar a los transportistas que muestren el CCP, de no tenerlo se presumirá que la mercancía transporta es de origen ilícito y en consecuencia puede ser decomisada.
¿Cuándo NO se está obligado a incorporar el Complemento Carta Porte?
¿Qué pasa si no expido, entrego o pongo en disposición de los clientes el CFDI con CCP con su correcto llenado?
Eres acreedor a multas que van desde los $19,700 hasta los $112,650 pesos. Además de que la autoridad podrá clausurar el establecimiento por un tiempo de 15 días. Art. 83 al 84 de CFF.
Para más detalle sobre los datos e información que debe contener el CCP, consultar https://bit.ly/49tjyo9
Escrito por: Lic. Michel Aguilar
El SAT ha puesto límite para activar el Buzón Tributario, tienes hasta el 31 de diciembre del 2024, de no activarlo serás acreedor de una multa que ronda entre los $3,850 pesos a los $11,540 pesos de acuerdo con el articulo 86-C y 86-D del Código Fiscal de la Federación.
Con esa información el SAT podrá enviar avisos, solicitudes, requerimientos o actos administrativos, además te notificará sobre la resolución de cualquier solicitud o requerimiento presentado.
¿Quiénes están obligados?
¿Quiénes NO están obligados?
No olvides en activarlo, contamos con personal que podrá apoyarte si tiene alguna duda o comentario.
Escrito por: Lic. Michel Aguilar
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