Sabias que, según el número de trabajadores que tengas laborando en tu empresa, será los días hábiles que tendrás para expedir el CFDI de nómina, esto se fundamenta en la regla 2.7.5.1. de la Regla Miscelánea Fiscal (RMF) vigente.
Los plazos que tenemos para expedir el comprobante de nómina, según el número de trabajadores o contribuyentes asimilados con los que cuenta la empresa, son los siguientes:
En cuyo caso, considerarán como fecha de expedición y entrega de tales comprobantes fiscales la fecha en que efectivamente se realizó el pago de dichas remuneraciones.
De no cumplir con los tiempos establecidos del SAT, podrás llevarte una sanción o multas por cada CFDI de cada trabajador, que no se haya cumplido correctamente
En FactureHoy, te ofrecemos un servicio integral de nómina que simplifica tus procesos y te permite enfocarte en lo que realmente importa: hacer crecer tu negocio. Con nuestra plataforma, podrás generar CFDI de manera rápida y segura, asegurando el cumplimiento de todas las normativas fiscales.
◇ Fácil de usar: Interfaz intuitiva para que gestiones tu nómina sin complicaciones.
◇ Soporte personalizado: Un equipo de expertos listo para ayudarte en cada paso.
◇ Actualizaciones constantes: Nos mantenemos al día con los cambios fiscales para que tú no tengas que preocuparte.
¡Contáctanos hoy mismo y descubre cómo podemos transformar tu administración de nómina!
De acuerdo con la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) 2024 establece en base al artículo 29 y 29 Bis del Código Fiscal de la Federación (CFF), los proveedores de certificación de CFDI deben seguir procedimientos específicos para certificar los comprobantes fiscales. Entre sus obligaciones, destacan las siguientes:
》Los proveedores deben recibir los CFDI de los contribuyentes y validarlos conforme al Anexo 20 publicado en el Portal del SAT.
Estas medidas aseguran la validez y el correcto manejo de los CFDI, contribuyendo a la integridad del sistema de facturación electrónica en México.
Por ello, FactureHoy te ayuda a maximiza la eficiencia de tu facturación con nuestro soporte integral. Ofrecemos servicios que garantizan cumplimiento y precisión en cada documento. ¡Llama para más detalles!
Abrir un negocio en México implica una serie de obligaciones legales, fiscales y otros conceptos que debes considerar.
En primer lugar, decidir si tu negocio lo establecerás como persona física o como persona moral. En ambos casos, deberás realizar el registro ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) para obtener un Registro Federal de Contribuyentes (RFC). Este registro es necesario para cumplir con las obligaciones fiscales del negocio, así como para abrir una cuenta bancaria y poder operar.
El cumplimiento fiscal en México comprende un número importante de declaraciones y varios impuestos, algunos de los más comunes son:
Estos son algunos de los impuestos más relevantes en México, pero hay otros impuestos y contribuciones que pueden variar según la actividad económica y la ubicación geográfica.
Además de los impuestos, al abrir un negocio en México, también es necesario realizar pagos a diversas instituciones u organizaciones públicas. Estos pagos pueden variar dependiendo del tipo de negocio y del lugar donde se establezca, pero aquí hay algunos de los más comunes:
Es recomendable consultar con un contador o asesor fiscal para obtener asesoramiento específico según las características de tu negocio y tu situación particular.
La discrepancia fiscal se refiere a que hay más erogaciones que ingresos, esto quiere decir que la información manifestada por el contribuyente en su declaración de impuestos es incorrecta; sí la autoridad fiscal detecta que lo declarado es equivocado, ya sea por ingresos no declarados, deducciones incorrectas o inconsistencias entre la información reportada y la información proporcionada por terceros (como empleadores o instituciones financieras).
Las sanciones o multas por discrepancia fiscal pueden ser:
Para evitar caer en una discrepancia fiscal y sus consecuentes sanciones, te recomendamos los siguientes consejos:
Siguiendo estos consejos y manteniendo una conducta fiscal responsable, puedes reducir significativamente el riesgo de caer en una discrepancia fiscal y enfrentar las sanciones correspondientes.
Escrito por Michel Aguilar.
El arrendamiento en México aplica a quienes son propietarios de bienes inmuebles como casas, edificios, departamentos, locales comerciales, terrenos o bodegas, y permiten a terceros utilizarlos a cambio de una renta periódica.
Características del Arrendamiento
Conceptos:
¿Qué es el subarrendamiento?
El subarrendamiento es una práctica mediante la cual un arrendatario cede, total o parcialmente, el uso del bien inmueble que ha arrendado a una tercera persona, denominada subarrendatario, con el permiso previo y expreso del arrendador.
Responsabilidades principales de un arrendador
Obligaciones Fiscales
¿Qué gastos puedo deducir?
En caso de ser necesario deducir gastos, podrán aplicar los siguientes:
En cuanto las deducciones personales que aplican en la declaración anual se podrán deducir:
En caso de realizar esta actividad económica se recomienda buscar asesoría fiscal, ya que se pueden cumplir las obligaciones ante la autoridad de diversas formas.
Escrito por Michel Aguilar.
Normalmente, cuando se va a realizar una factura de ingresos, se deben tener todos los datos fiscales necesarios para la realización de ésta, pero ¿Qué sucede cuando la persona no solicita la factura? y ¿Cuándo la factura es a crédito?
Al tratar de encontrar una respuesta en la página del SAT nos encontramos con la “Guía de llenado del CFDI Global”, pero ¿Es lo que necesitamos para este caso? Al leer nos percatamos de que cuando se elabora una factura global, en el campo Método de Pago solo se debe registrar “Pago en una Sola Exhibición PUE”, sin embargo, por haber realizado una venta a crédito necesitamos que el método de pago sea “Pago en Parcialidades o Diferido PPD”.
Dicho esto, la “Guía de llenado del CFDI Global” no aclara la duda anterior. Esto se debe a que la factura NO debe considerarse como un CFDI Global, sino como una factura de ingresos normal con los siguientes datos:
Recuerda que FactureHoy te estará informando de nuevos temas en nuestro blog.
Escrito por Michel Aguilar.
A tan solo tres meses de haber entrado en vigor la versión 3.0 de la carta porte, el pasado 17 de junio el SAT publicó en su plataforma una nueva versión, la 3.1, misma que entrará en vigor el 17 de julio del 2024.
Te mostramos los cambios importantes que encontraremos en esta nueva versión
》Se actualizó la referencia del atributo CveMaterialPeligroso a la NOM-002-SCTS.
》La fracción arancelaria pasó de ser un atributo de condición a obligatorio.
》Catálogos:
▪︎ Se agregaron 60 nuevas claves al catálogo de Materiales Peligrosos, actualizadas conforme a la NOM-002-SCTSEMAR-ARTF/.
Escrito por: Michel Aguilar
El CFDI es un documento fundamental en el ámbito fiscal y comercial en México. Emitida y validada a través del Servicio de Administración Tributaria (SAT), esta herramienta permite a las empresas y contribuyentes llevar un registro ordenado y legal de sus transacciones.
En ocasiones los contribuyentes requieren realizar un CFDI sin tener un emisor o englobar todas tus ventas en un CFDI, lo cual, se conoce como una factura al púbico en general. La factura deberá contener requisitos en base al artículo 29-A, fracciones I y III del CFF.
RFC genérico nacional: XAXX010101000
De no contar con el nombre de la persona o empresa en el apartado de Razón Social deberás poner «público en general».
Para el RIF y Régimen Simplificado de Confianza: Se especifica que los contribuyentes personas físicas que tributen en el RIF pueden elaborar el CFDI de referencia de forma bimestral, incluyendo únicamente el monto total de las operaciones del periodo correspondiente. Similarmente, para los contribuyentes personas físicas que tributen en el Régimen Simplificado de Confianza, se deben incluir únicamente el monto total de las operaciones del periodo correspondiente.
Los contribuyentes pueden elaborar un CFDI diario, semanal o mensual donde consten los importes correspondientes a cada una de las operaciones realizadas con el público en general. Esto implica que, en lugar de emitir un CFDI por cada operación individual, se puede emitir uno que incluya el total de las operaciones realizadas en el período correspondiente.
Tienes dentro de las 24 horas siguientes al cierre de las operaciones realizadas de manera diaria, semanal, mensual o bimestral.
Un dato poco conocido, es que los contribuyentes no están obligados a expedir comprobantes por operaciones realizadas con el público en general cuyo importe sea inferior a $100.00 pesos mexicanos.
Escrito por: Michel Aguilar.
Cuando emitimos una Factura Electrónica (CFDI) y el pago no se realiza, es importante tomar medidas para mantener la integridad fiscal y contable de nuestra operación.
Según la regla 2.7.1.39. RMF, si el pago se realiza de manera diferente a la indicada en el CFDI, se debe cancelar dicho comprobante y emitir uno nuevo, reflejando la forma de pago correcta. Esto asegura la transparencia en las transacciones y evita posibles discrepancias en la contabilidad.
Si el pago no se realiza en su totalidad antes del último día del mes en que se emitió el CFDI, se debe cancelar este documento y emitir uno nuevo utilizando la forma de pago «99 por definir» y el método de pago «PPD pago en parcialidades o diferido». Además, se debe relacionar el nuevo CFDI con el emitido originalmente como una sustitución de los CFDI previos. Es esencial emitir el CFDI con complemento para recepción de pagos correspondiente por los pagos que se reciban posteriormente, conforme a las reglas fiscales establecidas.
Para los integrantes del sector financiero que apliquen esta regla, se permite considerar, incluso, los pagos recibidos hasta el día 17 del mes siguiente a la emisión del CFDI por el total de la operación. Sin embargo, es responsabilidad del receptor del CFDI realizar el acreditamiento del IVA e IEPS en el mes en que el impuesto trasladado haya sido efectivamente pagado.
En resumen, es crucial seguir los procedimientos establecidos por la autoridad fiscal para garantizar el correcto registro y control de las operaciones comerciales, así como para evitar posibles inconvenientes en la declaración de impuestos y el cumplimiento de las obligaciones fiscales.
Escrito por: Michel Aguilar
Aún estas a tiempo de cancelar CFDI del ejercicio 2023
Te recordamos que, si eres persona moral tienes hasta el 31 de marzo para poder cancelar CFDI del ejercicio anterior, de igual forma para las personas físicas tendrán hasta el 30 de abril. Esto mencionado en la regla 2.7.1.47 de las RMF del 2024.
“Para los efectos del artículo 29-A, cuarto párrafo del CFF, la cancelación de los CFDI se podrá efectuar a más tardar en el mes en el cual se deba presentar la declaración anual del ISR correspondiente al ejercicio fiscal en el cual se expidió el citado comprobante.”
(Diario Oficial de la Federación, 2023)
Te damos como sugerencia que mínimo lo hagas tres días antes, en caso de presentar saturación por el sistema. Es mejor ser precavidos, por eso FactureHoy contamos con la mejor plataforma para realizar tus CFDI de la manera más sencilla y rápido, estamos para apoyarte con cualquier duda.
Escrito por Michel Aguilar
Soporte Técnico
Productos
Ventas
Horario de Atención