¿Listos? La Declaración Anual del ejercicio 2024 se acerca
El calendario fiscal avanza rápidamente, y con él la obligación de presentar la Declaración Anual 2024 para personas morales y físicas.
Cuando se presenta:
Personas Morales: Tienen hasta el 31 de marzo de 2025 para presentar su Declaración Anual.
Personas Físicas: Deberán presentarlo a más tardar el 30 de abril de 2025.
Te recomendamos algunos puntos que pudieras tomar en cuenta al realizar la declaración anual.
En el 2025, la Unidad de Medida y Actualización (UMA) aumentó un 4.21% del año anterior, es decir de $108.57 a 113.14 pesos diarios, esto equivale a 3,439.46 pesos mensuales y anuales 41,273.52 pesos. Lo anterior ha generado interés en diversos sectores de la sociedad, ya que es la base para determinar diversos pagos y obligaciones, como multas, créditos, pensiones, entre otros.
La UMA fue creada en 2016 como un índice económico que reemplazó al salario mínimo en la determinación de diversas obligaciones, con el fin de evitar que las variaciones en el salario mínimo afectaran las cargas económicas de los ciudadanos y las empresas. Su valor tiene una vigencia del 1 de febrero al 31 de enero del año siguiente y se calcula tomando en cuenta la inflación registrada en el país.
El aumento de la UMA se debe principalmente a la inflación, que es el incremento generalizado de los precios de bienes y servicios. Para ajustar el valor de la UMA, el gobierno federal toma en cuenta la tasa de inflación anual, que es publicada por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI).
En 2025, la UMA se incrementó debido a que la inflación registrada en 2024 fue más alta que la de años anteriores, lo que llevó a un reajuste en la unidad. Este ajuste es necesario para que el poder adquisitivo de las personas se mantenga relativamente constante, a pesar de los incrementos en los precios de los productos y servicios.
Calcular la UMA es sencillo si conoces los valores establecidos por el INEGI. La información se publica cada año, y a partir de ella se puede calcular el monto mensual o anual, dependiendo de tus necesidades.
Valor diario: $113.14 pesos.
Valor mensual: Se obtiene multiplicando el valor diario por 30.4 (promedio de días por mes en un año): $113.14 x 30.4 = $3,439.46 pesos.
Valor anual: Es el resultado de multiplicar el valor mensual por 12. Para 2025: $3,439.46 x 12 = $41,273.52 pesos.
En México, desde los inicios de la Ley Federal del Trabajo en 1970, se tenía contemplado a los trabajadores del hogar como empleados domésticos, tal como lo menciona el artículo 331:
Artículo 331.- Trabajadores domésticos son los que prestan los servicios de aseo, asistencia y demás propios o inherentes al hogar de una persona o familia.
Sin embargo, aunque la Ley Federal del Trabajo los incluía dentro de sus artículos, un trabajador del hogar carecía de derechos y condiciones laborales para garantizar así un trato justo y digno. Es hasta el 2019 que se reforman y adicionan varios artículos a la Ley Federal del Trabajo, estableciendo derechos y obligaciones relacionados al trabajador del hogar, por ejemplo:
El último punto es el que da pie a este blog, ya que establece la obligación del patrón ante otra entidad, como lo es el IMSS, esto con la finalidad de que los trabajadores del Hogar tengan acceso a lo siguiente:
Esto puede ser un tema nuevo para los empleadores, ya que fungirán como patrones ante el Instituto Mexicano del Seguro Social. Podría pensarse que se trata de un tema complicado, pero la autoridad trata de que todo este tema sea sencillo para el empleador en temas como:
Los requisitos necesarios para dar de alta a un trabajador del hogar son muy sencillos y son los siguientes:
Todo esto se hace en línea y al concluir se obtiene un acuse para su pago. Si la persona labora regularmente los mismos días y percibe el mismo sueldo, se podrá solicitar que el acuse de pago llegue de forma automática, recordando que la fecha límite son los primeros 20 días del mes.
La obligación de asegurar a los trabajadores del hogar ante el IMSS inicio a partir del 2019 y para el 2024, se agregó el INFONAVIT, esto con la finalidad de que el trabajador también tenga derecho a contar con:
Para el INFONAVIT, la obligación del patrón es la de pagar el equivalente al 5% del salario con el que se le registró ante el IMSS. Es importante mencionar que no es necesario registrar un alta del trabajador, ya que está información se obtiene directamente del IMSS.
En caso de no dar de alta al trabajador, el patrón será acreedor a una multa por incumplir con esta obligación.
Abrir un negocio en México implica una serie de obligaciones legales, fiscales y otros conceptos que debes considerar.
En primer lugar, decidir si tu negocio lo establecerás como persona física o como persona moral. En ambos casos, deberás realizar el registro ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) para obtener un Registro Federal de Contribuyentes (RFC). Este registro es necesario para cumplir con las obligaciones fiscales del negocio, así como para abrir una cuenta bancaria y poder operar.
El cumplimiento fiscal en México comprende un número importante de declaraciones y varios impuestos, algunos de los más comunes son:
Estos son algunos de los impuestos más relevantes en México, pero hay otros impuestos y contribuciones que pueden variar según la actividad económica y la ubicación geográfica.
Además de los impuestos, al abrir un negocio en México, también es necesario realizar pagos a diversas instituciones u organizaciones públicas. Estos pagos pueden variar dependiendo del tipo de negocio y del lugar donde se establezca, pero aquí hay algunos de los más comunes:
Es recomendable consultar con un contador o asesor fiscal para obtener asesoramiento específico según las características de tu negocio y tu situación particular.
El CFDI es un documento fundamental en el ámbito fiscal y comercial en México. Emitida y validada a través del Servicio de Administración Tributaria (SAT), esta herramienta permite a las empresas y contribuyentes llevar un registro ordenado y legal de sus transacciones.
En ocasiones los contribuyentes requieren realizar un CFDI sin tener un emisor o englobar todas tus ventas en un CFDI, lo cual, se conoce como una factura al púbico en general. La factura deberá contener requisitos en base al artículo 29-A, fracciones I y III del CFF.
RFC genérico nacional: XAXX010101000
De no contar con el nombre de la persona o empresa en el apartado de Razón Social deberás poner «público en general».
Para el RIF y Régimen Simplificado de Confianza: Se especifica que los contribuyentes personas físicas que tributen en el RIF pueden elaborar el CFDI de referencia de forma bimestral, incluyendo únicamente el monto total de las operaciones del periodo correspondiente. Similarmente, para los contribuyentes personas físicas que tributen en el Régimen Simplificado de Confianza, se deben incluir únicamente el monto total de las operaciones del periodo correspondiente.
Los contribuyentes pueden elaborar un CFDI diario, semanal o mensual donde consten los importes correspondientes a cada una de las operaciones realizadas con el público en general. Esto implica que, en lugar de emitir un CFDI por cada operación individual, se puede emitir uno que incluya el total de las operaciones realizadas en el período correspondiente.
Tienes dentro de las 24 horas siguientes al cierre de las operaciones realizadas de manera diaria, semanal, mensual o bimestral.
Un dato poco conocido, es que los contribuyentes no están obligados a expedir comprobantes por operaciones realizadas con el público en general cuyo importe sea inferior a $100.00 pesos mexicanos.
Escrito por: Michel Aguilar.
El SAT ha puesto límite para activar el Buzón Tributario, tienes hasta el 31 de diciembre del 2024, de no activarlo serás acreedor de una multa que ronda entre los $3,850 pesos a los $11,540 pesos de acuerdo con el articulo 86-C y 86-D del Código Fiscal de la Federación.
Con esa información el SAT podrá enviar avisos, solicitudes, requerimientos o actos administrativos, además te notificará sobre la resolución de cualquier solicitud o requerimiento presentado.
¿Quiénes están obligados?
¿Quiénes NO están obligados?
No olvides en activarlo, contamos con personal que podrá apoyarte si tiene alguna duda o comentario.
Escrito por: Lic. Michel Aguilar
Ya no necesitas de un patrón para tener INFONAVIT.
A partir del 1º de enero del 2024 los trabajadores independientes podrán darse de alta y hacer aportaciones voluntarias al INFONAVIT.
Para afiliarte deberás inscribirte primero al esquema voluntario del IMSS y de manera directa estarás registrado en el INFONAVIT. Es necesario contar con tu Número de Seguridad Social, RFC y CURP. La cuota es del 5% del salario con el que te encuentres registrado en el IMSS y debes realizar el pago a más tardar el 20 de cada mes.
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Dando más del porcentaje puedes aumentar tu patrimonio y/o obtener un crédito hipotecario o implementar tu ahorro para el retiro. Con la Subcuenta de Vivienda no es obligatorio, si lo requieres puedes solicitar la devolución una vez que cumplas con los requisitos establecidos.
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