Entradas

Trabajadores del hogar

En México, desde los inicios de la Ley Federal del Trabajo en 1970, se tenía contemplado a los trabajadores del hogar como empleados domésticos, tal como lo menciona el artículo 331:

Artículo 331.- Trabajadores domésticos son los que prestan los servicios de aseo, asistencia y demás propios o inherentes al hogar de una persona o familia.

Sin embargo, aunque la Ley Federal del Trabajo los incluía dentro de sus artículos, un trabajador del hogar carecía de derechos y condiciones laborales para garantizar así un trato justo y digno. Es hasta el 2019 que se reforman y adicionan varios artículos a la Ley Federal del Trabajo, estableciendo derechos y obligaciones relacionados al trabajador del hogar, por ejemplo:

  •   Prohibiendo la contratación de menores de 15 años.
  • ▪  Establecer condiciones por medio de un contrato escrito.
  • Prestaciones laborales, como vacaciones, prima vacacional, pago de días de descanso, aguinaldo, etc.
  • Inscribir a la parte trabajadora al Instituto Mexicano del Seguro Social y pagar las cuotas correspondientes conforme a las normas aplicables en la materia.

El último punto es el que da pie a este blog, ya que establece la obligación del patrón ante otra entidad, como lo es el IMSS, esto con la finalidad de que los trabajadores del Hogar tengan acceso a lo siguiente:

    • Servicio a la atención médica, hospitalarios y medicamentos.
    • Incapacidad por enfermedad y maternidad.
    • Invalidez y Vida.
    • Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez.
    • Guarderías y Prestaciones Sociales.
    • Riesgos de Trabajo: se refiere a la protección en el área de trabajo, proviene a futuros accidentes y enfermedades en las que pudiera estar expuesta el trabajador.

Esto puede ser un tema nuevo para los empleadores, ya que fungirán como patrones ante el Instituto Mexicano del Seguro Social. Podría pensarse que se trata de un tema complicado, pero la autoridad trata de que todo este tema sea sencillo para el empleador en temas como:

    • ▪ Cuotas, se podrá realizar el ejercicio de las cuotas patronales a cubrir para cumplir con la obligación del nuevo esquema.
    • ▪  Preguntas Frecuentes, se trata de resolver las diversas dudas que pueden surgir en relación del empleado y del empleador.
    • ▪  Contacto, mantiene abierta la conversación por distintos medios, como llamadas, chat, correo electrónico y redes sociales.

Los requisitos necesarios para dar de alta a un trabajador del hogar son muy sencillos y son los siguientes:

  • De la persona empleadora se necesita:
    • ▪ CURP
    • ▪ Correo electrónico
    • ▪ Datos de contacto
    • ▪ Domicilio
  • De la persona Trabajadora del Hogar se necesita:
    • Número del Seguro Social (NSS)
    • CURP
    • Domicilio
    • Salario diario
    • Días laborados

Todo esto se hace en línea y al concluir se obtiene un acuse para su pago. Si la persona labora regularmente los mismos días y percibe el mismo sueldo, se podrá solicitar que el acuse de pago llegue de forma automática, recordando que la fecha límite son los primeros 20 días del mes.

La obligación de asegurar a los trabajadores del hogar ante el IMSS inicio a partir del 2019 y para el 2024, se agregó el INFONAVIT, esto con la finalidad de que el trabajador también tenga derecho a contar con:

    • Ahorro para vivienda
    • Crédito para vivienda o compra de un terreno o la remodelación
    • Construcción o remodelación de la vivienda

Para el INFONAVIT, la obligación del patrón es la de pagar el equivalente al 5% del salario con el que se le registró ante el IMSS. Es importante mencionar que no es necesario registrar un alta del trabajador, ya que está información se obtiene directamente del IMSS.

En caso de no dar de alta al trabajador, el patrón será acreedor a una multa por incumplir con esta obligación.

¿Quieres abrir un negocio en México?

Abrir un negocio en México implica una serie de obligaciones legales, fiscales y otros conceptos que debes considerar.

En primer lugar, decidir si tu negocio lo establecerás como persona física o como persona moral. En ambos casos, deberás realizar el registro ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) para obtener un Registro Federal de Contribuyentes (RFC). Este registro es necesario para cumplir con las obligaciones fiscales del negocio, así como para abrir una cuenta bancaria y poder operar.

El cumplimiento fiscal en México comprende un número importante de declaraciones y varios impuestos, algunos de los más comunes son:

  •    》Impuesto sobre la Renta (ISR): El ISR es de lo más conocidos, es un impuesto que grava las utilidades obtenidas por el negocio. La tasa del ISR para personas morales es del 30% y para personas físicas varía dependiendo del tipo de negocio, importe de ingresos y régimen fiscal que se haya seleccionado.
  •    》Impuesto al Valor Agregado (IVA): El IVA es el impuesto se aplica a la venta de bienes y servicios en México. La tasa general es del 16%, aunque existen algunas excepciones y productos que pueden estar gravados a una tasa diferente.
  •     》Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS): Este impuesto se aplica a ciertos productos considerados no esenciales, como bebidas alcohólicas, tabaco, combustibles, refrescos y alimentos de alta densidad calórica.
  •    》Impuesto Predial: Es un impuesto municipal que grava la propiedad de bienes inmuebles, como terrenos y construcciones. La tasa y las reglas para su cálculo varían dependiendo del municipio.
  •    》Impuesto Sobre Nómina: Se aplica a los pagos de nómina que efectúan los patrones por los salarios pagados a los empleados. La tasa puede variar según el estado de la República Mexicana en que se resida.
  •   》Contribuciones al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS): Si tienes empleados, también debes pagar contribuciones al IMSS para cubrir las prestaciones de seguridad social, atención médica, retiro.

Estos son algunos de los impuestos más relevantes en México, pero hay otros impuestos y contribuciones que pueden variar según la actividad económica y la ubicación geográfica.

Además de los impuestos, al abrir un negocio en México, también es necesario realizar pagos a diversas instituciones u organizaciones públicas. Estos pagos pueden variar dependiendo del tipo de negocio y del lugar donde se establezca, pero aquí hay algunos de los más comunes:

  •     》Registro Público de la Propiedad y del Comercio: Si vas a establecer tu negocio como una persona moral (como una sociedad anónima, sociedad de responsabilidad limitada, etc.), es necesario registrar la escritura constitutiva ante el Registro Público de la Propiedad y del Comercio y pagar los derechos correspondientes. Este registro garantiza la legalidad de la empresa.
  •    》Licencias y permisos: Dependiendo del tipo de negocio y del municipio donde operes, es posible que necesites obtener licencias y permisos específicos para operar legalmente, como son licencias de funcionamiento, sanitarias, ambientales, entre otras.
  •    》Contabilidad y auditoría: Es importante llevar una contabilidad y cumplimiento fiscal de acuerdo a las leyes correspondientes, y en algunos casos, se sugiere realizar auditorías periódicas para asegurar lo anterior y mantener la transparencia financiera de tu negocio.

Es recomendable consultar con un contador o asesor fiscal para obtener asesoramiento específico según las características de tu negocio y tu situación particular.

Picture of Michel Aguilar

Michel Aguilar

¿Qué necesito para hacer un CFDI a Público en General?

El CFDI es un documento fundamental en el ámbito fiscal y comercial en México. Emitida y validada a través del Servicio de Administración Tributaria (SAT), esta herramienta permite a las empresas y contribuyentes llevar un registro ordenado y legal de sus transacciones.

En ocasiones los contribuyentes requieren realizar un CFDI sin tener un emisor o englobar todas tus ventas en un CFDI, lo cual, se conoce como una factura al púbico en general. La factura deberá contener requisitos en base al artículo 29-A, fracciones I y III del CFF.

RFC genérico nacional: XAXX010101000

De no contar con el nombre de la persona o empresa en el apartado de Razón Social deberás poner «público en general».

Para el RIF y Régimen Simplificado de Confianza: Se especifica que los contribuyentes personas físicas que tributen en el RIF pueden elaborar el CFDI de referencia de forma bimestral, incluyendo únicamente el monto total de las operaciones del periodo correspondiente. Similarmente, para los contribuyentes personas físicas que tributen en el Régimen Simplificado de Confianza, se deben incluir únicamente el monto total de las operaciones del periodo correspondiente.

Los contribuyentes pueden elaborar un CFDI diario, semanal o mensual donde consten los importes correspondientes a cada una de las operaciones realizadas con el público en general. Esto implica que, en lugar de emitir un CFDI por cada operación individual, se puede emitir uno que incluya el total de las operaciones realizadas en el período correspondiente.

Tienes dentro de las 24 horas siguientes al cierre de las operaciones realizadas de manera diaria, semanal, mensual o bimestral.

Un dato poco conocido, es que los contribuyentes no están obligados a expedir comprobantes por operaciones realizadas con el público en general cuyo importe sea inferior a $100.00 pesos mexicanos.

 

Escrito por: Michel Aguilar.

No olvides Activar el Buzón Tributario

El SAT ha puesto límite para activar el Buzón Tributario, tienes hasta el 31 de diciembre del 2024, de no activarlo serás acreedor de una multa que ronda entre los $3,850 pesos a los $11,540 pesos de acuerdo con el articulo 86-C y 86-D del Código Fiscal de la Federación.

Con esa información el SAT podrá enviar avisos, solicitudes, requerimientos o actos administrativos, además te notificará sobre la resolución de cualquier solicitud o requerimiento presentado.

¿Quiénes están obligados?

  • RESICO
  • Personas Físicas y Morales
  • Personas con ingreso por arrendamiento, etc.
  • Plataformas digitales
  • Sueldos, salarios y asimilados con ingresos mayores a $400,000 pesos
  • Sociedades mercantiles, civiles, etc.

¿Quiénes NO están obligados?

  • Personas físicas con RFC sin obligaciones fiscales y/o suspendidos
  • Personas morales con RFC suspendidos
  • Personas físicas y morales con RFC cancelados
  • Sueldos, salarios y asimilados con ingresos menores a $400,000 pesos brutos

No olvides en activarlo, contamos con personal que podrá apoyarte si tiene alguna duda o comentario.

 

Escrito por: Lic. Michel Aguilar

 

¿Trabajas de manera independiente y no tienes INFONAVIT?

¡Buenas noticias!
 

Ya no necesitas de un patrón para tener INFONAVIT.

A partir del 1º de enero del 2024 los trabajadores independientes podrán darse de alta y hacer aportaciones voluntarias al INFONAVIT.

Para afiliarte deberás inscribirte primero al esquema voluntario del IMSS y de manera directa estarás registrado en el INFONAVIT. Es necesario contar con tu Número de Seguridad Social, RFC y CURP. La cuota es del 5% del salario con el que te encuentres registrado en el IMSS y debes realizar el pago a más tardar el 20 de cada mes.

 

Subcuenta de Vivienda

 

Dando más del porcentaje puedes aumentar tu patrimonio y/o obtener un crédito hipotecario o implementar tu ahorro para el retiro. Con la Subcuenta de Vivienda no es obligatorio, si lo requieres puedes solicitar la devolución una vez que cumplas con los requisitos establecidos.

Para empezar tu tramite te dejamos el link, para registrarte y/o realizar cualquier trámite.

https://micuenta.infonavit.org.mx/

Bibliografía:
INFONAVIT. (2023 de diciembre de 2023). INFONAVIT FÁCIL. Obtenido de https://bit.ly/3HW3ejs

 

Escrito por: Lic. Michel Aguilar