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¿Tu trabajador no tiene RFC? Tú puedes registrarlo

Como patrón, una de tus responsabilidades es emitir el recibo de nómina de cada trabajador, para ello se necesita lo siguiente:

  • NUMERO DE SEGURO SOCIAL (NSS)
  • CURP
  • SALARIO
  • REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES (RFC)

Este último, muchas personas no lo han obtenido lo cual impide la generación de su correspondiente recibo de nómina y por ende imposibilita la deducibilidad de su pago al patrón. Para solventar lo anterior, la autoridad pone a disposición del empleador una facilidad para inscribir a sus trabajadores en el RFC, esto de acuerdo con la ficha 40/CFF del Anexo 1-A de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) vigente, para ello se realizará lo siguiente:

  • Un archivo con extensión TXT, que deberá cumplir con ciertas características mencionadas en dicha ficha, desde el nombre del archivo como su contenido.
  • El archivo, antes mencionado, se deberá enviar por medio de “mi portal”, cumpliendo con las características de la ficha 40/CFF

Dicho lo anterior es importante resaltar lo siguiente:

  • La autoridad emitirá resolución en un plazo máximo de 10 días.
  • El empleador podrá solicitar la inscripción de trabajadores menores de edad a partir de los 16 años.
  • El trabajador será inscrito en el RFC, con el domicilio fiscal vigente del empleador al momento del trámite.

Una vez que el trabajador es dado de alta, es responsabilidad del empleador mantener actualizada la información en el portal. Esto incluye la notificación de cualquier cambio en la situación laboral del trabajador, como puede ser su suspensión y/o reanudación de actividades, esto de acuerdo con la ficha 75/CFF del Anexo 1-A de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) vigente, cumpliendo con los siguientes requisitos:

  • En caso de una suspensión: se deberá avisar a la autoridad dentro del mes siguiente a aquel en que se concluya la relación laboral.
  • En caso de reanudación: se deberá avisar a la autoridad dentro del mes siguiente a aquel en que el asalariado preste los servicios al patrón y que en el RFC se encuentre en suspensión de actividades.
  • ▪Un archivo con extensión .TXT, que deberá cumplir con ciertas características mencionadas en dicha ficha, desde el nombre del archivo como su contenido.
  • ▪ El archivo, antes mencionado, se deberá enviar por medio de “mi portal”, cumpliendo con las características de la ficha 75/CFF

Es esencial que los empleadores se familiaricen con estos fundamentos para asegurarse de que están cumpliendo con las normativas y evitando sanciones.

 

Escrito por: Julio Cesar Cruz, Yolanda Fernández y Michel Aguilar

¡Timbra tu nómina a tiempo!

Sabias que, según el número de trabajadores que tengas laborando en tu empresa, será los días hábiles que tendrás para expedir el CFDI de nómina, esto se fundamenta en la regla 2.7.5.1. de la Regla Miscelánea Fiscal (RMF) vigente.

Los plazos que tenemos para expedir el comprobante de nómina, según el número de trabajadores o contribuyentes asimilados con los que cuenta la empresa, son los siguientes:

tabla de plazos para expedir el comprobante de nómina

En cuyo caso, considerarán como fecha de expedición y entrega de tales comprobantes fiscales la fecha en que efectivamente se realizó el pago de dichas remuneraciones.

De no cumplir con los tiempos establecidos del SAT, podrás llevarte una sanción o multas por cada CFDI de cada trabajador, que no se haya cumplido correctamente

En FactureHoy, te ofrecemos un servicio integral de nómina que simplifica tus procesos y te permite enfocarte en lo que realmente importa: hacer crecer tu negocio. Con nuestra plataforma, podrás generar CFDI de manera rápida y segura, asegurando el cumplimiento de todas las normativas fiscales.

  Fácil de usar: Interfaz intuitiva para que gestiones tu nómina sin complicaciones.

  Soporte personalizado: Un equipo de expertos listo para ayudarte en cada paso.

 Actualizaciones constantes: Nos mantenemos al día con los cambios fiscales para que tú no tengas que preocuparte.

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Michel Aguilar

¿Conoces tus prestaciones de ley?

Prestaciones de ley

Las «prestaciones de ley» se refieren a los derechos y beneficios que deben otorgarse a los trabajadores conforme a la Ley Federal del Trabajo. Estas prestaciones buscan garantizar un bienestar mínimo y un trato justo. Algunas de las principales prestaciones incluyen:

Salario mínimo: Un ingreso mínimo que debe recibir el trabajador por su labor.

 

Vacaciones: Derecho a un período de descanso, que varía según el tiempo trabajado.  En el artículo 76, establece que:

  • Los trabajadores tienen derecho a un periodo anual de vacaciones pagadas, que no puede ser menor a doce días laborables, y que se incrementa conforme a la antigüedad en el empleo.
  • Después del primer año de trabajo, los días de vacaciones aumentan en dos días por cada cinco años de servicio.

Aguinaldo: Un pago adicional equivalente al menos 15 días de salario, que debe pagarse antes del 20 de diciembre.

 

Prima de antigüedad: Una compensación que se otorga a los trabajadores al momento de su separación, equivalente a 12 días de salario por cada año trabajado, siempre y cuando tengan más de 15 años laborando en la empresa.

Seguro social: Cobertura en salud, invalidez, y maternidad, a través del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).

Licencias por maternidad y paternidad: Derechos relacionados con el nacimiento o adopción de hijos.

Días de descanso: Al menos un día de descanso a la semana y días festivos.

Fondo de ahorro y prestaciones adicionales: Algunas empresas ofrecen beneficios adicionales como bonos, vales de despensa, y planes de pensiones.

Utilidades: se refieren a las ganancias obtenidas por una empresa después de deducir todos sus gastos, costos e impuestos. Estas utilidades son importantes porque reflejan la rentabilidad de un negocio y son un indicador clave de su salud financiera. Los trabajadores tienen derecho a recibir una parte de las utilidades generadas por la empresa en la que laboran, lo que busca reconocer su contribución al éxito del negocio.

Renuncia: Al renunciar, un trabajador tiene derecho a recibir ciertas prestaciones, que pueden incluir:

  • Finiquito: Se paga por los días trabajados hasta la fecha de la renuncia, incluyendo salarios, comisiones y cualquier otra compensación pendiente.
  • Vacaciones no disfrutadas: Si el trabajador tiene días de vacaciones acumulados no utilizados, debe recibir una compensación por ellos.
  • Prima vacacional: Se paga un porcentaje sobre el salario correspondiente a los días de vacaciones no disfrutados.
  • Aguinaldo proporcional: Si la renuncia ocurre antes de que se complete el año, el trabajador tiene derecho a recibir una parte proporcional del aguinaldo correspondiente.
  • Despido: Cuando un trabajador es despedido, tiene derecho a recibir diversas prestaciones, dependiendo de la causa del despido. Algunas de las principales son:
  • Indemnización: Si el despido es injustificado, el trabajador tiene derecho a una indemnización equivalente a tres meses de salario más 20 días de salario por cada año trabajado.
  • Finiquito: Incluye el pago por los días trabajados hasta la fecha de despido, así como cualquier salario pendiente y otras compensaciones.
  • Vacaciones no disfrutadas: Se debe pagar por los días de vacaciones acumulados que no se hayan tomado.
  • Prima vacacional: Corresponde al porcentaje sobre el salario de los días de vacaciones no disfrutados.
  • Aguinaldo proporcional: El trabajador tiene derecho a recibir una parte proporcional del aguinaldo correspondiente al tiempo trabajado durante el año.

Este artículo es de uso informativo, si cuenta con algún problema te recomendamos buscar asesoría legal a través de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET) para proteger tus derechos laborales.

Al elegir nuestro servicio de nóminas, no solo están optando por una solución eficiente y segura, sino que también están invirtiendo en el futuro de su empresa. Nos encantaría la oportunidad de trabajar con usted y ayudarle a optimizar el timbrado de nómina.

Trabajadores del hogar

En México, desde los inicios de la Ley Federal del Trabajo en 1970, se tenía contemplado a los trabajadores del hogar como empleados domésticos, tal como lo menciona el artículo 331:

Artículo 331.- Trabajadores domésticos son los que prestan los servicios de aseo, asistencia y demás propios o inherentes al hogar de una persona o familia.

Sin embargo, aunque la Ley Federal del Trabajo los incluía dentro de sus artículos, un trabajador del hogar carecía de derechos y condiciones laborales para garantizar así un trato justo y digno. Es hasta el 2019 que se reforman y adicionan varios artículos a la Ley Federal del Trabajo, estableciendo derechos y obligaciones relacionados al trabajador del hogar, por ejemplo:

  •   Prohibiendo la contratación de menores de 15 años.
  • ▪  Establecer condiciones por medio de un contrato escrito.
  • Prestaciones laborales, como vacaciones, prima vacacional, pago de días de descanso, aguinaldo, etc.
  • Inscribir a la parte trabajadora al Instituto Mexicano del Seguro Social y pagar las cuotas correspondientes conforme a las normas aplicables en la materia.

El último punto es el que da pie a este blog, ya que establece la obligación del patrón ante otra entidad, como lo es el IMSS, esto con la finalidad de que los trabajadores del Hogar tengan acceso a lo siguiente:

    • Servicio a la atención médica, hospitalarios y medicamentos.
    • Incapacidad por enfermedad y maternidad.
    • Invalidez y Vida.
    • Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez.
    • Guarderías y Prestaciones Sociales.
    • Riesgos de Trabajo: se refiere a la protección en el área de trabajo, proviene a futuros accidentes y enfermedades en las que pudiera estar expuesta el trabajador.

Esto puede ser un tema nuevo para los empleadores, ya que fungirán como patrones ante el Instituto Mexicano del Seguro Social. Podría pensarse que se trata de un tema complicado, pero la autoridad trata de que todo este tema sea sencillo para el empleador en temas como:

    • ▪ Cuotas, se podrá realizar el ejercicio de las cuotas patronales a cubrir para cumplir con la obligación del nuevo esquema.
    • ▪  Preguntas Frecuentes, se trata de resolver las diversas dudas que pueden surgir en relación del empleado y del empleador.
    • ▪  Contacto, mantiene abierta la conversación por distintos medios, como llamadas, chat, correo electrónico y redes sociales.

Los requisitos necesarios para dar de alta a un trabajador del hogar son muy sencillos y son los siguientes:

  • De la persona empleadora se necesita:
    • ▪ CURP
    • ▪ Correo electrónico
    • ▪ Datos de contacto
    • ▪ Domicilio
  • De la persona Trabajadora del Hogar se necesita:
    • Número del Seguro Social (NSS)
    • CURP
    • Domicilio
    • Salario diario
    • Días laborados

Todo esto se hace en línea y al concluir se obtiene un acuse para su pago. Si la persona labora regularmente los mismos días y percibe el mismo sueldo, se podrá solicitar que el acuse de pago llegue de forma automática, recordando que la fecha límite son los primeros 20 días del mes.

La obligación de asegurar a los trabajadores del hogar ante el IMSS inicio a partir del 2019 y para el 2024, se agregó el INFONAVIT, esto con la finalidad de que el trabajador también tenga derecho a contar con:

    • Ahorro para vivienda
    • Crédito para vivienda o compra de un terreno o la remodelación
    • Construcción o remodelación de la vivienda

Para el INFONAVIT, la obligación del patrón es la de pagar el equivalente al 5% del salario con el que se le registró ante el IMSS. Es importante mencionar que no es necesario registrar un alta del trabajador, ya que está información se obtiene directamente del IMSS.

En caso de no dar de alta al trabajador, el patrón será acreedor a una multa por incumplir con esta obligación.

¿Cómo elegir al prospecto ideal para tu empresa?

Encontrar y seleccionar a los prospectos adecuados para tu empresa es crucial para el crecimiento y el éxito a largo plazo. Aquí te presento una guía paso a paso para identificar y evaluar candidatos que puedan contribuir de manera significativa a tu equipo:

    1. Definir el Perfil del Candidato Ideal

      Antes de comenzar el proceso de selección, es fundamental tener claro qué características y habilidades son prioritarias para el puesto. Esto incluye competencias técnicas, habilidades blandas, experiencia laboral previa y valores que encajen con la cultura de tu empresa.

      Competencias técnicas: Habilidades específicas requeridas para desempeñar el trabajo.

      Habilidades blandas: Capacidades como trabajo en equipo, comunicación efectiva y liderazgo.

      Experiencia relevante: Experiencia laboral previa en roles similares o en la industria específica.

      Cultura organizacional: Valores y principios que definen tu empresa y cómo encajan con los valores del candidato.

    2. Utiliza múltiples fuentes para reclutar candidatos potenciales

      Redes profesionales: LinkedIn, grupos especializados en redes sociales.

      Portales de empleo: Indeed, LinkedIn, entre otros.

      Referencias internas y externas: Empleados actuales, contactos de la industria.

    3. Un proceso de selección bien estructurado te ayudará a evaluar a los candidatos de manera justa y objetiva

      Revisión de CV y carta de presentación: Busca experiencia relevante y alineación con el perfil deseado.

      Entrevistas: Realiza entrevistas telefónicas y presenciales para evaluar habilidades técnicas y blandas.

      Pruebas de habilidades:  Pruebas técnicas o de competencias específicas, según sea necesario.

      Referencias: Contacta a referencias profesionales para verificar la experiencia y el desempeño previo del candidato.

    4. Evaluación de Ajuste Cultural

      Además de las habilidades técnicas, considera si el candidato encaja con la cultura organizacional de tu empresa. Esto ayuda a prever la integración exitosa del nuevo empleado y la retención a largo plazo.

      Valores compartidos:  Evalúa si los valores personales del candidato coinciden con los valores de tu empresa.

      Adaptabilidad: Capacidad del candidato para adaptarse a nuevos entornos y formas de trabajo.

    5. Comunicación Transparente y Proceso de Contratación

      Durante todo el proceso, mantén una comunicación clara y transparente con los candidatos. Informa sobre los plazos, las etapas de proceso y cualquier otra información relevante.

      Retroalimentación: Proporciona retroalimentación constructiva a los candidatos que no sean seleccionados.

      Oferta de empleo: Presenta una oferta clara y detallada a tu candidato seleccionado, incluyendo salario, beneficios y expectativas.

    6. Una vez contratado el candidato, asegúrate de ofrecer un seguimiento adecuado para facilitar la integración y el desarrollo continuo

      Programa de incorporación: Proporciona una orientación detallada sobre la empresa, su cultura y los procedimientos internos.

      Evaluación continua: Realiza evaluaciones de desempeño regulares para identificar áreas de desarrollo y oportunidades de crecimiento.

      Al seguir estos pasos, podrás seleccionar al prospecto ideal que no solo posea las habilidades técnicas necesarias, sino que también se integre perfectamente con la cultura y los valores de tu empresa, contribuyendo así al éxito y al crecimiento organizacional a largo plazo.

 

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Michel Aguilar

¡Tienes 72 horas para el timbrado!

De acuerdo con la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) 2024 establece en base al artículo 29 y 29 Bis del Código Fiscal de la Federación (CFF), los proveedores de certificación de CFDI deben seguir procedimientos específicos para certificar los comprobantes fiscales. Entre sus obligaciones, destacan las siguientes:

Los proveedores deben recibir los CFDI de los contribuyentes y validarlos conforme al Anexo 20 publicado en el Portal del SAT.

    • Verifica que el período entre la fecha de generación del documento y la fecha de certificación no exceda las 72 horas, utilizando el huso horario del Código Postal en el Anexo 20 registrado en el campo LugarExpedicion.
    • Asegurar que el CFDI no haya sido previamente certificado y que el Certificado de Sello Digital (CSD) del emisor estuviera vigente en el momento de la generación del documento.
    • Confirma que el CSD corresponde al contribuyente indicado como emisor en el CFDI y que el sello digital sea válido.
    • Validar que el documento cumpla con las especificaciones técnicas del Anexo 20 y otras normativas técnicas aplicables.
    • Si el CFDI cumple con las validaciones, el proveedor debe responder al contribuyente con el folio asignado por el SAT, la fecha y hora de certificación, el sello digital del CFDI, el número de serie del CSD del SAT, y el sello digital del SAT.
    • El SAT conserva copia de todos los CFDI certificados. Los contribuyentes deben utilizar su CSD en el Portal del SAT para cancelar CFDI, si es necesario.

Estas medidas aseguran la validez y el correcto manejo de los CFDI, contribuyendo a la integridad del sistema de facturación electrónica en México.

Por ello, FactureHoy te ayuda a maximiza la eficiencia de tu facturación con nuestro soporte integral. Ofrecemos servicios que garantizan cumplimiento y precisión en cada documento. ¡Llama para más detalles!

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Michel Aguilar

Prestaciones y financiamiento del seguro

Te mostramos que prestaciones y sus fuentes de financiamiento que te brinda el seguro

El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) en México ofrece diversos regímenes de aseguramiento que tienen como propósito brindar protección social a los trabajadores y sus familias. Cada uno de estos regímenes tiene diferentes prestaciones y fuentes de financiamiento las cuales te lo integraremos en una tabla:

    • • SRT: Riesgo de Trabajo
    • • SEM: Enfermedades y Maternidad
    • • SIV: Invalidez y Vida
    • • SRCV: Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez
    • • SGPS: Guarderías y Prestaciones Sociales
Tabla de los diferentes regímenes que tiene las prestaciones y fuentes de financiamiento

32: Seguro para estudiantes y familiares de los trabajadores del IMSS y de la Comisión Federal de Electricidad.

38 y 42: En las modalidades los asegurados son trabajadores al servicio de la Administración Pública estatal o municipal; la diferencia entre las modalidades se relaciona con el tipo de seguros a los cuales se tiene derecho.

44: Solo tienen la cobertura de retiro y vejez, mas no la de cesantía.

Fuente: Dirección de Incorporación y Recaudación, IMSS y Anexo A Prestaciones y Fuentes de Financiamiento de los Regímenes de Aseguramiento del IMSS

Ahora te explicamos las principales coberturas y prestaciones según el seguro que te corresponde:

    1. Seguro de Enfermedades y Maternidad

Cobertura:

    • •Atención médica general
    • • Servicios farmacéuticos (medicamentos recetados).
    • • Hospitalización y cirugías.
    • • Servicios de maternidad, incluyendo atención prenatal.

Prestaciones:

    • • Subsidio por incapacidad temporal debido a enfermedad (subsidio
    • • Subsidio por incapacidad temporal por riesgo
    1. Seguro de Riesgos de Trabajo

Cobertura:

    • • Atención médica-quirúrgica
    • • Servicios farmacéuticos
    • • Hospitalización y cirugía
    • • Aparatos de prótesis y ortopedia
    • • Rehabilitación
    • • Servicio de carácter preventivo

Prestaciones:

    • • Subsidio por incapacidad temporal
    • • Subsidio por incapacidad permanente puede durar un periodo de adaptación de 2 años, después de ese periodo según el artículo 58 fracc. II y III LSS podría otorgarse la pensión definitiva o indemnización global.
    • • En caso de fallecimiento se le dará pensión de viudez, orfandad o ascendientes, ayuda asistencial y asistencia médica.
    • • Gastos funerarios
    1. Seguro de invalidez y vida

Cobertura:

    • • Atención médica-quirúrgica
    • • Servicios farmacéuticos
    • • Hospitalización
    • • Pensiones

Prestaciones:

    • • Pensiones para los beneficiarios (esposa/o, hijos menores de edad, etc.) en caso de fallecimiento
    • • Pago de gastos funerarios.
    1. Seguro de Guarderías y Prestaciones Sociales

Cobertura:

    • • Servicios de guarderías para los hijos menores de 4 años de los trabajadores asegurados.
    • • Programas de apoyo y servicios sociales adicionales que pueden variar

Prestaciones:

    • • Atención y cuidado integral de los niños en un ambiente
    • • Programas de desarrollo infantil y estimulación temporal
    1. Seguro de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez

Cobertura:

    • • Atención médica-quirúrgica
    • • Servicios farmacéuticos
    • • Hospitalización
    • • Pensión de jubilación al llegar a la edad establecida (asegurados, a partir de los 60 años que queden privados de trabajos remunerados para la cesantía en edad avanzada y para los asegurados de la vejez es a partir de los 65 años de edad).

Prestaciones:

    • •  Pensión mensual a los asegurados.
    • •  Gastos de matrimonio
    • • Renta vitalicia o un retiro programado de al menos ese monto, si cotizaron mínimo 1,250 semanas

Cada tipo de seguro tiene un conjunto específico de coberturas y prestaciones diseñadas para satisfacer las necesidades de los trabajadores y sus familias. El acceso y los beneficios específicos pueden variar según el régimen en el que se encuentre el asegurado y el cumplimiento de los requisitos establecidos

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Michel Aguilar

¿Qué necesito para hacer un CFDI a Público en General?

El CFDI es un documento fundamental en el ámbito fiscal y comercial en México. Emitida y validada a través del Servicio de Administración Tributaria (SAT), esta herramienta permite a las empresas y contribuyentes llevar un registro ordenado y legal de sus transacciones.

En ocasiones los contribuyentes requieren realizar un CFDI sin tener un emisor o englobar todas tus ventas en un CFDI, lo cual, se conoce como una factura al púbico en general. La factura deberá contener requisitos en base al artículo 29-A, fracciones I y III del CFF.

RFC genérico nacional: XAXX010101000

De no contar con el nombre de la persona o empresa en el apartado de Razón Social deberás poner «público en general».

Para el RIF y Régimen Simplificado de Confianza: Se especifica que los contribuyentes personas físicas que tributen en el RIF pueden elaborar el CFDI de referencia de forma bimestral, incluyendo únicamente el monto total de las operaciones del periodo correspondiente. Similarmente, para los contribuyentes personas físicas que tributen en el Régimen Simplificado de Confianza, se deben incluir únicamente el monto total de las operaciones del periodo correspondiente.

Los contribuyentes pueden elaborar un CFDI diario, semanal o mensual donde consten los importes correspondientes a cada una de las operaciones realizadas con el público en general. Esto implica que, en lugar de emitir un CFDI por cada operación individual, se puede emitir uno que incluya el total de las operaciones realizadas en el período correspondiente.

Tienes dentro de las 24 horas siguientes al cierre de las operaciones realizadas de manera diaria, semanal, mensual o bimestral.

Un dato poco conocido, es que los contribuyentes no están obligados a expedir comprobantes por operaciones realizadas con el público en general cuyo importe sea inferior a $100.00 pesos mexicanos.

 

Escrito por: Michel Aguilar.

Reparto de Utilidades

Todo lo que necesitas saber de la Participación del Reparto de Utilidades (PTU)

  • ¿Qué es la PTU?

Es un derecho que tiene cada empleado que al prestar su servicio a una empresa en recibir una parte de las utilidades obtenidas del ejercicio anterior.

  • ¿Cuándo deberán pagar las empresas la PTU?

Las personas morales tienen hasta el 30 de mayo para hacer el pago.

Las personas físicas tienen hasta el 29 de junio para hacer el pago.

El reparto de utilidades entre los trabajadores deberá efectuarse dentro de los sesenta días siguientes a la fecha en que deba pagarse el impuesto anual” Artículo 122 LFT

  • ¿Cómo se reparten las utilidades?

“La utilidad repartible se dividirá en dos partes iguales: la primera se repartirá por igual entre todos los trabajadores, tomando en consideración el número de días trabajados por cada uno en el año, independientemente del monto de los salarios. La segunda se repartirá en proporción al monto de los salarios devengados por el trabajo prestado durante el año.” Artículo 123 LFT

  • ¿Quiénes no participan en la repartición de utilidades?
  • Directores, administradores y gerentes generales de la empresa
  • Trabajadores que tengan menos a 60 días de antigüedad.
  • Los trabajadores del hogar
  • Aquellos que presten sus servicios sin existir una relación de trabajo subordinado con el patrón.
  • Empresas que recién empiezan actividades.
  • Cuando la empresa en lugar de tener utilidades tiene perdidas.
  • ¿Qué debo hacer si no me pagan la PTU?

De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo (LFT), si el trabajador no recibe esta prestación o se le paga de forma incompleta, tiene un plazo de un año, contado a partir del día siguiente a la fecha límite establecida, para reclamar el pago de las utilidades.

Si no también la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo es la encargada de revisar estos casos y llevar a darle seguimiento a la denuncia por el incumplimiento del pago de la PTU.

  • ¿Hay multas por incumplimiento?

Si, las multas pueden ser de hasta 250 a 5,000 UMAS al patrón según el artículo 994, Fracc II

Bibliografía

Mexicanos, E. C. (4 de Abril de 2024). LEY FEDERAL DEL TRABAJO.

México, G. d. (s.f.). e.Economia. Obtenido de https://bit.ly/4c4FTcq

SAT. (2024). Orientación SAT. Obtenido de https://bit.ly/3Va63DQ

Escrito por Michel Aguilar

Incremento del Subsidio para el Empleo

El subsidio para el empleo es un recurso fundamental en la política fiscal mexicana, diseñado para respaldar a los trabajadores con ingresos modestos y aliviar el impacto del impuesto sobre la renta en sus economías. A lo largo de los años, ha experimentado diversas modificaciones para adaptarse a las necesidades cambiantes de la fuerza laboral y garantizar su efectividad. La más reciente de estas actualizaciones, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 2024, marca un hito significativo en la evolución de este beneficio fiscal.

Desde su incorporación en la Ley del Impuesto sobre la Renta, el subsidio para el empleo ha sido un componente crucial para mejorar el ingreso disponible de los trabajadores con salarios bajos. Su aplicación se basa en una tabla que determina el monto del subsidio en función del nivel de ingresos, lo que permite un apoyo proporcional a aquellos con menores recursos.

Sin embargo, se han identificado áreas de mejora en el sistema mantener la efectividad del subsidio y adaptarlo a las condiciones económicas actuales, se ha llevado a cabo una serie de reformas. Una de las más significativas se materializó el 01 de mayo del 2024 con la publicación del Decreto que modifica el subsidio para el empleo en el Diario Oficial de la Federación.

Este decreto introduce varias modificaciones importantes. En primer lugar, eleva el límite de sueldo para acceder al subsidio, pasando de 7,285 a 9,081 pesos mensuales. Este aumento del 2% representa un reconocimiento del aumento del costo de vida y del salario mínimo en el país, asegurando que un mayor número de trabajadores pueda beneficiarse del subsidio.

Además del ajuste en el límite de sueldo, el decreto simplifica el cálculo del subsidio al establecer una cuota mensual fija equivalente al 11.82% del valor mensual de la Unidad de Medida y Actualización (UMA). Esta medida elimina la complejidad de la tabla de subsidios anterior y reduce los costos administrativos asociados con su aplicación, beneficiando tanto a empleadores como a trabajadores.

Otro aspecto importante del decreto es su compromiso con la actualización automática del subsidio para reflejar las variaciones en el costo de vida. Esta disposición garantiza que el beneficio mantenga su valor real a lo largo del tiempo y continúe siendo una herramienta efectiva para apoyar a los trabajadores con menores ingresos.

Por último, el aumento del subsidio para el empleo representa un paso significativo en la mejora de las condiciones laborales y la protección del ingreso disponible de los trabajadores mexicanos. Al aumentar el límite de sueldo, simplificar el cálculo del subsidio y comprometerse con su actualización automática, el gobierno demuestra su compromiso con el bienestar económico de la población y su capacidad para adaptarse a los cambios en el entorno laboral y económico. Estas medidas no solo benefician a los trabajadores, sino que también fortalecen el mercado interno y contribuyen al crecimiento económico y el bienestar social del país.

 

Escrito por: Michel Aguilar.