¿Qué son las deducciones personales?
Son los gastos que como contribuyente persona física tienes derecho a disminuir de tus ingresos acumulables en la Declaración Anual del ejercicio.
Es importante que todos estos gastos sean pagados con transferencia, tarjeta crédito/débito o de servicios, y que el gasto sea facturado y pagado dentro del ejercicio correspondiente.
Te presentamos en este esquema los tipos de deducciones:
Tipos de deducciones:
1. Salud:
- Honorarios médicos, dentales y por servicios profesionales en materia de psicología y nutrición. Son deducibles si son prestados por personas con título profesional legalmente expedido y registrado por las autoridades educativas competentes.
- Gastos hospitalarios y medicinas incluidas en facturas de hospitales. No proceden los comprobantes de farmacias.
- Honorarios a enfermeras.
- Análisis, estudios clínicos.
- Compra o alquiler de aparatos para el restablecimiento o rehabilitación del paciente.
- Prótesis.
- Compra de lentes ópticos graduados para corregir efectos visuales.
- Primas por seguros de gastos médicos, complementarios o independientes de los servicios de salud proporcionados por instituciones públicas de seguridad social. Dichos gastos por salud serán deducibles cuando hayan sido efectuados para ti, tu cónyuge o concubino/a, tus padres, abuelos, hijos y nietos.
2. Educación:
Colegiaturas en instituciones educativas privadas con validez oficial de estudios:
- Preescolar: 14,200 pesos.
- Primaria: 12,900 pesos.
- Secundaria: 19,900 pesos.
- Profesional técnico: 17,100 pesos.
- Bachillerato o su equivalente: 24,500 pesos.
3. Otros:
- Gastos funerarios de tu cónyuge o concubino/a, así como para tus padres, abuelos, hijos y nietos.
- Intereses reales devengados y efectivamente pagados por créditos hipotecarios, destinados a tu casa habitación, contratados con el sistema financiero, INFONAVIT o FOVISSSTE, entre otras, y siempre que el crédito otorgado no exceda de setecientas cincuenta mil unidades de inversión.
- Donativos otorgados a instituciones autorizadas para recibir donativos.
- Aportaciones voluntarias de tus planes personales de retiro (Afore).
- El pago por impuestos locales por salarios, cuya tasa no exceda 5%.
Escrito por Michel Aguilar.