Constancias de Retenciones: Guía 2026 – FactureHoy
/en Noticias /por Viridiana Parra TrejoConstancias de retenciones: ¿Quiénes están oblgados a emitirlas y cuándo?
Muchas empresas descubren que estaban obligadas a emitir constancias de retenciones de la peor manera: cuando un proveedor se las exige para su declaración anual, o cuando el SAT pregunta por ellas. Y es comprensible: es una de las obligaciones fiscales menos conocidas.
En esta guía te explicamos qué es exactamente una constancia de retenciones, en qué casos estás obligado a emitirla y cómo cumplir sin que se convierta en un dolor de cabeza.
¿Qué es una constancia de retenciones?
La constancia de retenciones —formalmente, el CFDI de retenciones e información de pagos— es un comprobante fiscal digital que acredita que tu empresa retuvo impuestos (ISR, IVA o ambos) al hacer un pago a un tercero, y que esas retenciones fueron pagadas al SAT.
Piénsalo así: tú descuentas una parte del pago por concepto de impuestos y lo pagas directamente al SAT en nombre de esa persona. La constancia es la prueba oficial de que lo hiciste, y es el documento con el que el contribuyente puede acreditar esas retenciones en sus propias declaraciones.
¿Quiénes están obligados a emitirlas?
Si tu empresa realiza cualquiera de estos pagos, muy probablemente te aplica:
- Honorarios a personas físicas: médicos, abogados, consultores, contadores externos y servicios de freelancers cualquier profesionista independiente al que le retienes ISR e IVA.
- Arrendamiento a personas físicas: si rentas tu oficina, local o bodega a una persona física, cada pago de renta lleva retención y su respectiva constancia.
- Dividendos o utilidades distribuidas a socios: las retenciones por dividendos también se comprueban con constancia.
- Otros supuestos específicos: intereses, regalías, pagos al extranjero y operaciones a través de plataformas tecnológicas, entre otros que marca la ley.
La regla práctica es simple: si al hacer un pago estás obligado a retener impuestos, siempre estarás obligado a comprobar esa retención.
¿Cuándo se emite la constancia?
Puedes emitir la constancia en el momento de cada operación, o bien de manera anualizada, a más tardar en enero del año siguiente al que correspondan las retenciones.
También cabe mencionar que la RMF 2.7.5.4, da la facilidad de que en los casos en donde el proveedor emita un CFDI por la realización de actos o actividades o por la percepción de ingresos, y se incluya en el mismo toda la información sobre las retenciones de impuestos efectuadas, los contribuyentes podrán optar por considerarlo como constancia y comprobante fiscal de retenciones, esto es aplicable para el caso de pagos a personas físicas por honorarios, arrendamientos, comisiones, o pagos de fletes a transportistas.
¿Qué pasa si no las emites?
El incumplimiento pega por dos lados. Para el contribuyente, la falta de constancia le complica acreditar las retenciones que ya le hiciste: le retuviste dinero y no le diste el documento para recuperar ese efecto fiscal. Para tu empresa, no emitir comprobantes fiscales a los que estás obligado es una infracción que puede derivar en multas, además de proyectar desorden ante cualquier revisión de la autoridad.
Cómo emitirlas sin dolor
La buena noticia: emitir constancias de retenciones no tiene por qué ser complicado. Con Constancias de Retenciones CFDI Web de FactureHoy generas tus constancias en minutos, con los complementos que exige el SAT, timbradas por un PAC autorizado y con tu historial siempre disponible para consultarlo o descargarlo.
Si cobraste intereses, generas planes de retiro o distribuiste dividendos o hiciste pagos a residentes en el extranjero a los que les retuviste impuestos, y hasta hoy no habías emitido constancias, este es un buen momento para regularizarte: conoce el servicio en nuestro sitio o escríbenos y te ayudamos a empezar.
