¿Revocaron a tu PAC? Qué hacer para seguir facturando sin interrupciones
Si emites facturas electrónicas, hay una empresa detrás de cada una que casi nunca ves: el Proveedor Autorizado de Certificación (PAC). Es quien valida tu CFDI, le asigna el folio fiscal (UUID), le coloca el Timbre Fiscal Digital y lo reporta al SAT. Sin ese paso, tu factura no existe para la autoridad.
Por eso la noticia del 18 de octubre de 2026 encendió alertas en miles de negocios: cinco PAC perdieron su autorización y otros dos están en proceso de perderla. Si alguno de ellos certifica tus facturas, tienes menos tiempo del que parece para actuar.
En esta guía te explicamos, sin tecnicismos, qué pasó, cómo saber si te afecta y cómo cambiarte de proveedor sin que tu facturación, tu nómina ni tu cobranza se detengan.
Lo que anunció el gobierno el 18 de octubre
La Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno publicó el Comunicado No. 121. Según el documento, una auditoría del Órgano Interno de Control en el SAT encontró que siete proveedores de certificación realizaban operaciones con Empresas que Facturan Operaciones Simuladas (EFOS), conocidas como «factureras». Hasta esa fecha, la autoridad había revocado la autorización de cinco:
| Nombre comercial | Razón social |
| Facturadorelectronico.com | Dot Net Desarrollo de Sistemas, S.A. de C.V. |
| DigiFact | Teledesic Broadband Networks, S.A. de C.V. |
| FactureYa | Servicios Tecnológicos Avanzados en Facturación, S.A. de C.V. |
| EdiFactMx | EDIFACTMX, S.A. de C.V. |
| Comercio Digital | Sistemas de Comercio Digital, S. de R.L. de C.V. |
Fuente: Comunicado No. 121, Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, 18/10/2026.
Los otros dos proveedores siguen en procedimiento administrativo y sus nombres no se han hecho públicos. De acuerdo con el comunicado, los siete en conjunto validaban alrededor del 20.53% de la facturación nacional: una de cada cinco facturas del país pasaba por alguno de ellos.
¿Por qué un PAC puede perder su autorización?
Ser PAC no es un permiso permanente. El Código Fiscal de la Federación (artículo 29 Bis) y la Resolución Miscelánea Fiscal fijan obligaciones técnicas, de seguridad y de cumplimiento que el SAT revisa de forma continua. La autorización puede revocarse, entre otros supuestos, cuando el proveedor:
- Deja de cumplir los requisitos con los que fue autorizado;
- Comete fallas en las validaciones que debe aplicar a cada comprobante;
- Entrega información falsa durante las revisiones de la autoridad;
- No mantiene la garantía que la ley le exige;
- Acumula varias amonestaciones en un mismo ejercicio; o
- Se relaciona con contribuyentes que emiten comprobantes de operaciones inexistentes.
Un dato que conviene tener claro: la relación de proveedores revocados que publica el SAT no indica el motivo de cada caso. En este comunicado la autoridad sí señaló la relación con EFOS, pero no hay que sacar conclusiones sobre otras revocaciones solo por aparecer en la lista.
Paso cero: averigua quién certifica realmente tus facturas
Muchos negocios usan un sistema de facturación (o un ERP, o el software de su contador) cuyo nombre no coincide con el del PAC que timbra. Es decir: tu app y tu certificador pueden ser empresas distintas. Para salir de dudas en menos de un minuto:
- Abre el XML de cualquier factura reciente (con el Bloc de notas o el navegador).
- Busca el nodo TimbreFiscalDigital y, dentro de él, el dato RfcProvCertif.
- Ese es el RFC de la empresa que certificó tu factura. Compáralo con la lista de proveedores revocados del SAT o con la tabla de arriba.
Si timbras con varios sistemas (por ejemplo, uno para ventas y otro para nómina), revisa un XML de cada uno.
El reloj real: 30 días para timbrar, no 90
Aquí está la confusión más común. La regla 2.7.2.12 de la RMF prevé un periodo de transición de 90 días naturales a partir de que surte efectos la revocación. Pero ese plazo no es para que sigas facturando con normalidad:
| Etapa | Qué pasa |
| Días 1 a 30 | El PAC revocado todavía puede certificar los CFDI de sus clientes actuales. Ya no puede contratar ni atender a clientes nuevos. |
| Días 31 a 90 | El proveedor deja de timbrar. Este tramo es para que cierre sus propias obligaciones con la autoridad, no para que tú sigas emitiendo. |
Además, el día 1 no es la fecha de la noticia. Cada proveedor tiene su propio oficio y debe avisar a sus clientes la fecha exacta en que deja de certificar. Algunas de estas revocaciones se publicaron en la lista del SAT desde julio, agosto y septiembre, así que hay usuarios que ya podrían estar fuera de plazo. Revisa el aviso de tu proveedor hoy mismo.
¿Y las facturas que ya emití?
Respira: la revocación de un PAC no anula por sí misma los comprobantes que certificó correctamente mientras estaba autorizado. Aun así, conviene hacer tres cosas:
- Respaldar todos tus XML, PDF y acuses de cancelación. Si el proveedor cierra su plataforma, podrías perder el acceso a tu histórico.
- Verificar en el servicio de consulta de CFDI del SAT que tus comprobantes aparecen registrados.
- Ubicar pendientes: facturas por cobrar que necesitarán complemento de pago, notas de crédito, cancelaciones en proceso o nóminas por timbrar. Esos documentos se emitirán ya con tu nuevo proveedor.
Y algo que preocupa a muchos: haber timbrado con un PAC que después fue revocado no te convierte automáticamente en EFOS. Lo que protege a tu negocio es que tus operaciones sean reales y estén respaldadas (contratos, pagos, entregables). Si tienes dudas sobre tu caso, revísalo con tu contador.
Plan para cambiarte en tres días
Un cambio de PAC bien planeado se resuelve en días, no en meses. Esta es una ruta práctica:
| Cuándo | Qué hacer |
| Día 1 | Confirma tu PAC (RfcProvCertif) y la fecha límite en el aviso del proveedor. Avisa a tu contador y a quien timbra la nómina. Descarga y respalda tu histórico: XML, PDF, acuses de cancelación y reportes. |
| Día 2 | Haz inventario: RFC que emiten, tipos de CFDI (ingreso, egreso, pago, nómina, retenciones, traslado) y complementos que usas (Carta Porte, comercio exterior, etc.). Elige tu nuevo proveedor y contrata. Ten a la mano tu Certificado de Sello Digital (CSD) vigente y tu constancia de situación fiscal. |
| Día 3 | Configura: carga tu CSD, importa clientes y productos, ajusta series y folios. Prueba cada tipo de comprobante, incluida una cancelación y un complemento de pago. Prueba cada tipo de comprobante, incluida una cancelación y un complemento de pago. |
Cinco preguntas antes de elegir tu nuevo PAC
Esta situación deja una lección: el proveedor de timbrado no se elige solo por precio. Antes de contratar, pregunta:
- ¿Está autorizado y vigente? Compruébalo tú mismo en el portal del SAT, no te quedes con la palabra del vendedor.
- ¿Quién certifica realmente? ¿La plataforma es el PAC o revende el timbrado de un tercero? Mientras más intermediarios, más puntos de falla.
- ¿Cubre todo lo que emites? Facturación, nómina, retenciones, complementos y cancelaciones en un mismo lugar.
- ¿Cómo respalda tu información? Descarga masiva de XML, resguardo de tu histórico y acceso aunque cambies de plan.
- ¿Hay soporte de personas reales? En una contingencia fiscal necesitas a alguien que conteste, no solo un formulario.
Por qué cambiarte a FactureHoy
FactureHoy es una plataforma de Certus Aplicaciones Digitales, S.A. de C.V., Proveedor Autorizado de Certificación por el SAT desde 2011 con autorización No. 55708. Eso significa que la plataforma que usas y el PAC que certifica tus facturas son la misma empresa, sin intermediarios.
- Facturación CFDI Web, Nómina CFDI y Constancias de Retenciones desde una sola cuenta.
- Módulo de Cuentas por Cobrar para dar seguimiento a tus facturas y complementos de pago.
- Módulo de Bóveda Fiscal para resguardar y consultar tus comprobantes.
- Migración acompañada: un ejecutivo te ayuda a configurar tu CSD, importar catálogos y emitir tu primera factura.
- Soporte en México: Lunes a Viernes de 9:00 am a 7:00 pm por ventas@facturehoy.com y atencionaclientes@facturehoy.com asi como al teléfono 81-5350-0660 opción 1 ventas y opción 2 atención a clientes.
| ¿Tu PAC está en la lista? No esperes a que falle un timbrado en día de nómina. Escríbenos por WhatsApp con la palabra CAMBIO al 8123911223 o solicita tu migración en ventas@facturehoy.com. Te ayudamos a cambiarte hoy. |
Preguntas frecuentes
¿Cuántos días tengo para cambiar de PAC si revocaron al mío?
El periodo de transición es de 90 días naturales, pero tu proveedor solo puede timbrar durante los primeros 30. La fecha exacta está en el aviso que tu PAC debe enviarte.
¿Mis facturas anteriores siguen siendo válidas?
Sí, la revocación no las invalida automáticamente si se certificaron correctamente. Respáldalas y verifica su registro en el portal del SAT.
¿Cómo sé qué PAC timbra mis facturas?
Abre el XML de una factura y busca el dato RfcProvCertif dentro del Timbre Fiscal Digital. Ese es el RFC del proveedor que la certificó.
¿Tengo problemas con el SAT por haber usado un PAC revocado?
No por ese solo hecho. Lo importante es que tus operaciones sean reales y estén documentadas. Si tienes dudas, consulta a tu contador.
¿FactureHoy es lo mismo que FactureYa?
No. Son empresas distintas. FactureHoy (Certus Aplicaciones Digitales) mantiene vigente su autorización como PAC con certificado 55708.
¿Puedo cambiarme sin dejar de facturar?
Sí. Si configuras y pruebas el nuevo servicio antes de la fecha límite, el cambio puede hacerse de un día para otro.
Este artículo es informativo y no sustituye la asesoría de un contador o abogado fiscal. Información vigente al 20 de octubre de 2026.


