home office

¿Trabajas desde casa? Hay una nueva Ley

El 5 de diciembre del 2023 entró en vigor una Norma relacionada con las personas que trabajan desde casa “home office”.

Recordemos que, a raíz de la pandemia, muchos trabajadores se quedaron con esta modalidad, surgiendo algunas dudas e inconvenientes con las empresas y empleados. Con base en lo anterior, se implementó la Nom-037-STPS-2023, con el fin de prevenir accidentes y enfermedades, así como promover un medioambiente seguro en el entorno laboral.

Te mostramos algunos aspectos que se prevén en la norma:

La NOM es aplicable para todos los centros de trabajo que cuenten con personas laborando desde casa, siempre y cuando más del 40% de su tiempo sea bajo la modalidad de Teletrabajo.

Obligaciones del patrón:

·   Contar con una lista de los trabajadores que laboran con esta modalidad, con todos los datos completos (nombre, estado civil, actividades a desarrollar, puesto, tiempo de la relación laboral, número telefónico, comprobante de domicilio, lugares de trabajo propuesto por las personas trabajadoras bajo la modalidad de Teletrabajo, listado del equipo de compuesto y ergonómico).

·    Capacitar al trabajador al menos una vez al año, sobre las condiciones de seguridad y salud que deben tener y mantener en su lugar de trabajo.

·     Integrar en un documento la evidencia de cada uno de los empleados que trabajen en “home office”, donde cumplan con los siguientes puntos:

a) La lista de verificación de las condiciones de seguridad y salud en el Teletrabajo, así como su validación.

b) La evidencia fotográfica o de video que en su caso se cuente de las condiciones de seguridad y salud en el Teletrabajo, y

c) Los listados que comprueben los bienes y equipo de cómputo proporcionados a la persona trabajadora bajo la modalidad de Teletrabajo, a que se refiere el numeral 5.7 de esta NOM.

Obligaciones del trabajador en la modalidad de Teletrabajo

·   Cumplir con la Política de Teletrabajo establecida por la empresa.

·    Realizarse exámenes médicos, para determinar la salud y disposición actual del trabajador.

·    Resguardar y conservar en buen estado los equipos.

·    En caso de cambiar de domicilio, deberá informar a la empresa mediante un escrito.

·    Participar siempre en las capacitaciones ofrecidas por la empresa, sobre los temas relacionados con las actividades de Teletrabajo.

Estas son algunos de los puntos que, como patrón y trabajador, se deberán cumplir cuando se tiene la modalidad de Teletrabajo. Esta misma norma incluye las condiciones que debe tener el trabajador para desempeñar sus labores, en caso contrario, no será apto para realizar las actividades en esta modalidad. Por último, dicha norma muestra la manera correcta de realizar y entregar la documentación a los organismos responsables de la revisión.

 

 

Escrito por: Michel Aguilar