Revisiones electrónicas del SAT

¿Cómo funciona una revisión electrónica?

    1. El SAT detecta irregularidades a partir de sus propios cruces de información: diferencias entre lo facturado y lo declarado, complementos faltantes, proveedores en listas negras, discrepancias con CFDI de terceros.
    2. Te notifica por buzón tributario una resolución provisional, que puede venir acompañada de una preliquidación: el cálculo de lo que, según la autoridad, debes (contribuciones omitidas, actualización, recargos y multas).
    3. Tienes 15 días hábiles para manifestar lo que a tu derecho convenga y aportar pruebas que desvirtúen las observaciones.
    4. Desenlaces posibles: aclarar totalmente las diferencias, desvirtuar parcialmente, pagar por autocorrección fiscal, o bien, la autoridad emite la resolución definitiva, todo a través de Buzón Tributario.

El punto 4 merece releerse: el silencio equivale a aceptar. Una revisión electrónica no atendida se transforma en deuda líquida y cobrable sin que nadie haya tocado tu puerta.

Por qué el buzón tributario es la primera línea de defensa

Toda la revisión transcurre por medios electrónicos: la notificación llega al buzón y se tiene por hecha al cuarto día hábil, aunque no la abras. Un buzón sin medios de contacto actualizados —o simplemente ignorado— significa enterarte de la auditoría cuando ya existe un crédito fiscal en tu contra. Si aún no habilitas tu buzón o no lo revisas semanalmente, ese es el primer pendiente (te lo contamos a detalle en nuestro artículo sobre buzón tributario).

Cómo prepararte ANTES de que llegue

    1. Haz tú mismo los cruces que hará el SAT. Concilia mensualmente: CFDI emitidos vs. ingresos declarados; CFDI recibidos vs. deducciones; complementos de pago vs. cobros PPD. Toda diferencia que tú detectes primero es una revisión que no ocurrirá.
    2. Cuida a tus proveedores. Buena parte de las revisiones electrónicas nace de facturas de EFOS. Valida el 69-B antes de pagar y arma expedientes de materialidad de tus operaciones relevantes.
    3. Ten tu evidencia lista y accesible. Quince días hábiles es muy poco tiempo para reconstruir operaciones. Es suficiente si tus XML, contratos, estados de cuenta y entregables ya están organizados.
    4. Presenta declaraciones consistentes. Las cifras «redondeadas» o los ceros donde hubo actividad son focos rojos para los algoritmos de la autoridad.

Si ya te llegó: qué hacer en los 15 días

    • No dejes pasar días «para pensarlo»: arma un plan el día uno.
    • Lee con precisión qué observa la autoridad; responde exactamente eso, con documentos, no con argumentos genéricos.
    • Aporta pruebas organizadas: CFDI, pólizas, contratos, estados de cuenta, evidencia de materialidad.
    • Considera apoyo profesional desde el inicio, y evalúa la autocorrección cuando la observación sea fundada: las multas se reducen significativamente en etapas tempranas.
    • Existe también la posibilidad de un acuerdo conclusivo ante PRODECON, que suspende plazos y abre una mesa de diálogo.

La mejor auditoría es la que no encuentra nada

Las revisiones electrónicas castigan el desorden, no solo el incumplimiento.

Con FactureHoy tu facturación queda emitida, validada y respaldada en un solo lugar, con reportes que te permiten conciliar cada mes en minutos — exactamente los mismos cruces que haría la autoridad, hechos por ti primero.

Ordena tu información hoy y las notificaciones del SAT dejarán de dar miedo. Escríbenos a ventas@facturehoy.com o llámanos al 81-5350-0660.